Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 11 de Marzo de 2009, expediente A C95102

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2009
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac. 95.102 "V., L.D.V. c/Asoc. de Empleados de Comercio de Punta Alta. I.. por despido. R.. de queja".

//Plata, 11 de Marzo de 2009.

AUTOS Y VISTO:

  1. El Tribunal del Trabajo nº 1 de Bahía Blanca condenó a la "Asociación de Empleados de Comercio de Punta Alta" a abonar a L. delV.V., la suma de $37.722.90 en concepto de capital reclamado en la demanda por los rubros laborales adeudados, más el importe que fijó en razón de la multa prevista en el art. 275 de la ley de Contrato de Trabajo (fs. 156/171 de los autos principales).

    Notificado dicho decisorio, el legitimado pasivo solicitó se le conceda el beneficio de litigar sin gastos, aduciendo la imposibilidad de afrontar el pago del depósito exigido por el art. 56 de la ley 11.653 (fs. 190 y vta., íd.) y, con posterioridad, dedujo los recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley (fs. 194/203, íd.).

    El órgano de grado rechazó in limine la franquicia solicitada y, consecuentemente, intimó al accionado a cumplir con la referida carga procesal (fs. 231/234 vta., íd.).

    Contra lo así decidido, el impugnante interpuso revocatoria (fs. 238/240 vta., íd.). El a quo la desestimó y declaró la deserción de los remedios extraordinarios pendientes de resolución (fs. 241 y vta., íd.), lo que motivó la articulación de la queja prevista en el art. 292 del Código Procesal citado (fs. 46/49, del legajo).

  2. Requeridos los autos principales, se observa que, en la etapa de ejecución de sentencia, la actora cobró sucesivas cuotas de sumas de dinero obladas a su favor por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR