Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 31 de Octubre de 2007, expediente A C102115

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2007
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac. 102.115 "L., F. L. c/ A., M.L.. Incidente de modificación de cuota alimentaria. Recurso de queja".

//Plata, 31 de Octubre de 2007.

AUTOS Y VISTO:

  1. Conforme surge de las constancias adjuntadas, el señor F.L.L. promovió incidente a fin de modificar la percepción de la cuota alimentaria fijada en favor de sus hijos L. y J.M.L., la que era percibida por su madre.

    La petición fue receptada parcialmente en primera instancia, estableciéndose que la cuota que el incidentista debía abonar cesara respecto de su hijo L. quien ahora vive con el padre continuando la progenitora percibiendo la de J.M. (fs. 15 y vta.).

    Impugnado lo así juzgado, la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de M. lo confirmó (fs. 10 y vta.).

    Contra dicho pronunciamiento, el incidentista dedujo recursos de nulidad e inaplicabilidad de ley (fs. 3/8), cuya denegatoria (fs. 2) motivó la presente queja (art. 292, C.P.C.C.; fs. 21/24).

  2. Dable es señalar que esta Corte ha sostenido reiteradamente que los recursos extraordinarios sólo proceden contra las sentencias definitivas, es decir, aquéllas que ponen fin a la litis que motivó el pleito, pero no contra las resoluciones que puedan plantearse durante su ejecución las que, en principio, deben quedar concluidas en la instancia ordinaria (conf. doct. Ac. 88.630, 27X2004; Ac. 91.919, 9II2005; Ac. 93.191, 8VI2005; Ac. 94.969, 15II2006; Ac. 96.040, 8XI2006).

    Así, en el caso, la decisión de la alzada que resolvió...

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