CATTORINI HERMANOS SAICFI c/ AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SA s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

Fecha08 Noviembre 2022
Número de expedienteCCF 005581/2019/CA002 - CA003
Número de registro388

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. SALA I

5581/2019 CATTORINI HERMANOS SAICFI c/ AEROPUERTOS

ARGENTINA 2000 SA s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

Juzg. n° 4

Buenos Aires, 8 de noviembre de 2022.- HG

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que mediante el pronunciamiento del 1° de julio, la jueza admitió el planteo formulado por la demandada —Aeropuertos Argentina 2000 SA— y declaró la caducidad de la medida cautelar otorgada en esta causa, con arreglo a las previsiones contenidas en el artículo 207 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Distribuyó las costas en el orden causado.

  2. Que ambas partes apelaron.

    (i) La parte actora —Cattorini Hermanos SAICFI— expuso las siguientes consideraciones (que fueron contestadas):

    i.i. La medida cautelar fue cumplida y se ha retirado la mercadería involucrada del depósito de Aeropuertos Argentina 2000.

    i.ii. “Aeropuertos Argentina 2000 no inició ningún procedimiento tendiente al cobro por almacenaje durante todo este tiempo, ya que solamente ejerció el derecho de retención para constreñir a que mi mandante abone el mismo”.

    i.iii. “No se advierte cual sería la finalidad del inicio de una acción de conocimiento posterior al dictado de la resolución de la cautelar, en la medida que se trata de una cuestión exclusivamente de derecho, cuya verosimilitud ya ha sido acreditada en autos”.

    i.iv. “La caducidad de instancia de la medida cautelar solicitada […] ha tenido por única y exclusiva finalidad […]...

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