Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala K, 10 de Agosto de 2021, expediente CIV 022082/2019
Fecha de Resolución | 10 de Agosto de 2021 |
Emisor | Camara Civil - Sala K |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K
22082/2019
CATALDI, V.F.c.M., J.L.
s/FIJACION DE RENTA COMPENSACION POR USO DE
VIVIENDA
Buenos Aires 10 de agosto de 2021. DP.
AUTOS Y VISTOS
Y CONSIDERANDOS:
I- Contra la resolución de fecha 16 de septiembre de 2020, apeló la parte actora, quien expresó agravios el 8 de febrero de 2021, el que no fue contestado.
II- La resolución atacada hizo lugar a la demanda. Condenó al demandado a abonar una renta compensatoria por el uso exclusivo del inmueble de carácter ganancial, sito en la Avda. Boedo N° 255, piso 3°,
depto. “16” de esta Ciudad. Fijó en la suma de $ 12.000 mensuales desde el 15 de noviembre de 2018 hasta el 15 de noviembre de 2019 inclusive y en la suma de $ 15.000 por mes desde el 15 de diciembre de 2019 hasta el momento de la efectiva desocupación del inmueble, debiendo abonar el demandado a la actora el 50% del valor locativo con más sus intereses,
con efecto retroactivo a la fecha indicada, con costas al demandado.
III- Las críticas de la apelante pretende se eleve el monto de la renta compensatoria fijada para ambos períodos del 15 de noviembre de 2018 hasta el 15 de noviembre de 2019 inclusive; y a partir del 15 de diciembre de 2019. Solicita, además, que se establezca una pauta escalonada para el incremento de la renta compensatoria a partir del 15
de diciembre de 2019 y hasta la efectiva desocupación del inmueble del 12% semestral. Requiere que se condene al demandado al pago del 100% de las expensas ordinarias, 50% expensas extraordinarias y tasa de ABL. Por último, peticiona que se modifique el considerando VIII, en el sentido que debe decir, conforme parte resolutiva de la presente punto in fine, que los intereses serán calculados con efecto retroactivo al 15 de noviembre de 2018 y no a la fecha de mediación, como erróneamente se consignara en el considerando VIII último párrafo.
IV- El código sustancial regula entre los efectos del divorcio, la atribución de la vivienda, sobre la base de una serie de pautas Fecha de firma: 10/08/2021
Alta en sistema: 12/08/2021
Firmado por: J.M.A.L., PROSECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: S.P.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: RICARDO LI ROSI, JUEZ DE CAMARA
orientadoras que pueden ser solicitadas por uno de los cónyuges,
independientemente del carácter que ostente el bien, sea propio o ganancial de cualquiera de ellos (art. 443 del CCCN).
La atribución de la vivienda supone otorgar a uno solo de los...
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