Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 26 de Noviembre de 2018, expediente CSS 083069/2017/CA002

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CSS 83069/2017/CA2 SENTENCIA INTERLOCUTORIA 38294 AUTOS: “CATALANO LEONEL JAVIER C/ FEDERACION PATRONAL ART S.A, Y OTRO S/ RECURSO DECISION COMISION MEDICA CENTRAL” (COMISION MEDICA CENTRAL).

Buenos Aires, 26 de NOVIEMBRE de 2018.

EL DR. E.N.A.G. dijo:

Contra la resolución del poder administrador –Comisión Médica Central que ratificó el dictamen previo de la Comisión Jurisdiccional- apela la parte actora por cuanto a su entender, el dictamen médico originario resulta infundado y parcializado, en tanto no incluye la incapacidad producida en el plano psicológico.

Producida la prueba psicológica en esta instancia (ver fs. 220/222), el perito de oficio expresó que no existen limitaciones en el plano psicológico conforme la clínica realizada. Dicho dictamen no fue cuestionado por las partes. Estas circunstancias sellan la suerte del recurso, por lo que corresponde confirmar la resolución administrativa emitida por el poder administrador.

Teniendo en cuenta las particularidades evidenciadas y lo dispuesto por el artículo 1 de la ley 27.348 las costas serán impuestas a la ART demandada.

Conforme el decreto 157/18, las disposiciones de la ley 27.348, la calidad y extensión de las tareas desempeñadas por los profesionales intervinientes, así como lo dispuesto por el artículo 38 LO, propongo regular los honorarios por la actuación en esta instancia para la representación y patrocinio letrado de la actora en la suma de $10.000, para la representación y patrocinio letrado de la parte demandada en la suma de $15.000 y para el perito psicólogo en la suma de $5.000.

EL DOCTOR N.R.B. manifestó:

Que por análogos...

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