Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 27 de Mayo de 2022, expediente CCF 009113/2019/CA001

Fecha de Resolución27 de Mayo de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y

COMERCIAL FEDERAL – SALA II

Causa n° 9113/2019

CASTRO, P.A. Y OTRO c/ AEROLINEAS

ARGENTINAS SA s/SUMARISIMO

Buenos Aires, 27 de mayo de 2022. SHG

AUTOS Y VISTOS: los recursos de apelación interpuestos el 8.09.21 (por derecho propio B. bajos), el 8.09.21 (mediadora bajos),

el 13.09.21 (altos) y el 22.12.21 (perito por bajos) contra la regulación de honorarios practicada en la sentencia de 7.09.21 y de fecha 21.12.21;

CONSIDERANDO:

  1. Teniendo en cuenta la naturaleza del asunto, el monto involucrado, las etapas cumplidas y la extensión, calidad e importancia de los trabajos realizados, elevan los honorarios de la letrada patrocinante de la parte actora Dra. K.M.B. a la suma de -12 UMAs-

    equivalentes a la fecha $108.012 (arts. 14, 16, 19, 20, 21, 26 y 29 de la ley 27.423 y Acordada CSJN 12/22).

  2. En atención al carácter de las cuestiones sobre las que debió

    expedirse la perito licenciada en sistemas C.R.L. se elevan sus honorarios a la cantidad de -6 UMAs- equivalentes a la fecha $54.006 (art. 61 de la ley 27.423 y Ac. CSJN 12/22).

  3. Con relación a la retribución de la mediadora Dra. A.I.D., se elevan sus honorarios a la suma de -9 UHOM- equivalentes a la fecha $10.260 (Decreto 1467/11 modificado por Decreto N° 2536/2015 y Decreto 1086/2018, 1198/18 y 324/19 y Decreto 564/2021).

    El Dr. A.S.G. no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia (art. 109 del R.G.J.).

    Regístrese, notifíquese y devuélvase.

    Fecha de firma: 27/05/2022

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado...

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