Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL, 24 de Agosto de 2017, expediente FCB 074007042/2006

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación Expte. N° FCB 74007042/2006 AUTOS: “CASTRO, D.I. c/ ANSES s/DEPENDIENTES:OTRAS PRESTACIONES”

doba, 24 de Agosto del año dos mil diecisiete.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “C.D.I. C/ ANSES – Dependientes:

Otras prestaciones” (Expte. N° 74007042/2006), venidos a conocimiento del tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la resolución de fecha 23 de Noviembre de 2009, dictada por el señor Juez Federal de La Rioja, en la que decidió no hacer lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por la demanda, con costas en el orden causado.

Y CONSIDERANDO:

  1. La recurrente expresa agravios en su escrito de fs. 73/75. Sostiene que el decisorio impugnado adolece de vicios evidenciados en la falta de motivación y carece de fundamentos para rechazar la excepción de falta de legitimación pasiva incoada por su parte. Expresa que en el trámite de la accionante, A. no tomó intervención alguna y no hubo acto administrativo expreso emitido por el Organismo. Que la demanda es la primer noticia del reclamo del actor. Solicita la aplicación del art. 21 de la ley 24.463.

    Corrido el traslado de la ley, la parte actora lo contestó a fs. 82/83 y el Estado Provincial de la Rioja evacua el traslado a fs. 84/85, quedando la causa en estado de ser resuelta.

  2. De los agravios reseñados surge que las cuestiones a resolver por este Tribunal se circunscriben al análisis del rechazo de la excepción de falta de legitimación pasiva deducida por la accionada Anses.

    A tales fines, resulta oportuno efectuar una breve reseña de lo acontecido en la causa.

    Así, la señora D.I.C. se desempeñó como maestra de jardín de infantes siendo jubilada por el Ex IPSAS. Posteriormente, la Administración General de Control Previsional, procede a acumularle el cargo de maestra de adulto. No obstante, A. emite Dictamen N° 196/02 por el que sostiene que no se dan las condiciones para la acumulación de cargos. Y es en contra de esta resolución administrativa, que la accionante plantea la impugnación e inicia la presente demanda, pretendiendo un reajuste docente (fs. 8/10)

    Fecha de firma: 24/08/2017 Firmado por: G.S.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.D.A., Presidente de Sala Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.E.R., Secretaria #24214645#185881507#20170824120554431 La demandada, en oportunidad de contestar la acción (fs. 25/28vta.) planteó la excepción de falta de legitimación pasiva al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR