Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 25 de Agosto de 2022, expediente CAF 042921/2019/CA003

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL

- SALA IV-

Expte. CAF Nº 42921/2019/CA3 “CASTILLO, SILVIA DEL CARMEN Y

OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE

LAS FFAA Y DE SEG”

Buenos Aires, de agosto de 2022. - MC

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, el 6/7/22, el Estado Nacional interpuso recurso de revocatoria,

    con el de apelación en subsidio, contra la providencia del 4/7/22, que hizo efectivo el apercibimiento de astreintes, dispuesto el 2/3/22, y le impuso una sanción conminatoria de $400 por cada día de demora en el incumplimiento de la manda judicial de practicar la liquidación correspondiente.

    Sostuvo que el organismo liquidador no incurrió en un incumplimiento sino una demora y justificó la presunta demora en el cúmulo de requerimientos similares realizados y en la dificultad que conllevaba la realización de los respectivos análisis, producto de que parte del personal se encontraba afectado por las licencias determinadas por la pandemia del Covid-19, quedando así colapsada la única dependencia que podía realizar las liquidaciones, pagos y contestar los oficios de prueba en cuestión.

  2. ) Que, el 11/7/22, la juez a quo rechazó la revocatoria y concedió la apelación subsidiaria, que fue contestada por la contraria.

  3. ) Que los agravios formulados no logran desvirtuar los fundamentos de la resolución previamente reseñada. Al respecto, vale señalar que, al tiempo de su dictado, el demandado no había cumplido el mandato judicial impuesto, razón por la que no se advierte elemento alguno que justifique revisar o dejar sin efecto la sanción aplicada, a la luz de lo dispuesto en el art. 37 del C.P.C.C.N. y de la provisionalidad invocada por el recurrente (esta Sala, causa 14180/2014/3/1/CA2 Inc. apelación en autos “Secretaría Nacional de Niñez Adolescencia y Familia c/ GCBA s/ proceso de conocimiento”, sentencia del 3/12/15; y causa 22577/1996 “Centrales Térmicas Patagónicas S.A. c/ EN (M°de Economía y Obr. y S.. Públicos) s/ proceso de conocimiento” sent. del 10/11/16).

    Por otro lado, cabe recordar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha señalado que la ley 26.944 nada dice acerca de las sanciones conminatorias o astreintes, las cuales por...

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