Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 4 de Septiembre de 2018, expediente COM 017937/2017/CA001

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F CASTELLINO, EMILIANO LUIS c/ SETTON, D.H. s/EJECUTIVO EXPEDIENTE COM N° 17937/2017 VG Buenos Aires, 4 de septiembre de 2018.

Y Vistos:

  1. Viene apelado por la parte demandada, el pronunciamiento de fs. 57/58 que desestimó la excepción articulada y, consecuentemente, mandó llevar adelante la ejecución hasta hacerse al acreedor íntegro pago del capital reclamado de $100.000 con más intereses y costas, desde las fechas de mora y hasta el efectivo pago de la deuda.

    El memorial de agravios luce en fs. 63/67 y fue respondido en fs. 69/71.

  2. a. Debe destacarse en primer término que los agravios del recurrente se traducen en una mera disconformidad con la decisión apelada, a la vez que reeditan las afirmaciones vertidas al tiempo de excepcionarse, sin esgrimirse argumentos que permitan vislumbrar el error o desacierto en las conclusiones alcanzadas por la primer sentenciante, todo lo que desmerece al memorial como tal (arg. art. 265 CPCC).

    1. Pero dejando de lado tal óbice -que formalmente viabilizaría la deserción de los recursos-, tampoco los argumentos del apelante logran revertir los fundamentos empleados por el a quo para desestimar las defensas introducidas.

    En efecto, reiteradamente se ha dicho que en los procesos ejecutivos como el presente el conocimiento se limita al examen de las formas extrínsecas del título, sin que corresponda analizar defensas sustentadas en aspectos causales (esta Sala, 9.2.10 "E.R.M. c/OrmacheaJ.C. y otro s/ ejecutivo"; Sala A, 31.5.94, "Citibank N.A.

    Fecha de firma: 04/09/2018 Alta en sistema: 05/09/2018 Firmado por: A.N.T., JUEZA DE CAMARA Firmado por: R.F.B., PRESIDENTE DE LA SALA F Firmado(ante mi) por: M.J.M., PROSECRETARIA DE CAMARA #30334986#213877542#20180831093600972 Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F c/ Esses C.I. s/ ejecutivo"; Sala D, 31.8.95, "Banco de Crédito Argentino c/ C.M.A."; conf. Palacio, "Derecho Procesal Civil" T. VII, pág. 490, n° 1103; Fenochietto-Arazi, "Código Procesal Civil y Comercial de la Nación" T. 2, art. 549 y citas de la nota n° 11, pág. 769); extremo que sella la suerte del recurso en análisis.

    Véase que se persigue aquí la ejecución de diversos cheques cruzados de pago diferido librados por el aquí demandado y con el nombre del beneficiario en blanco, resultando el actor portador legítimo de los mismos por la simple entrega manual (cfr. art. 12) lo...

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