CASTELBAJAC Susana s/ Quiebra

Fecha de disposición06 Agosto 2013
Fecha de publicación06 Agosto 2013
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta32695

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 25

El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comercial Nº 25 a cargo del Dr. Horacio Francisco Robledo, Secretaria Nº 49 a cargo de la Dra. Sonia Santiso, con sede en Avda. Callao 635 Piso 4º Comercial Capital Federal, comunica por dos días que en los autos caratulados “CASTELBAJAC SUSANA s/QUIEBRA” Expte. N* 033142, que el martillero Ricardo Hector Nole rematara al contado y mejor postor, el día 16 de Agosto de 2013 a las 11:00 hs (en punto) en el Salón de Ventas de la Dirección de Subastas Judiciales sita en la calle Jean Jaures 545 de esta Capital Federal, los derechos y acciones hereditarios de la fallida en la sucesión de su padre Cipriano Benito Castelbajac respecto del porcentaje indiviso que le corresponde (25%) del inmueble sito en Barrio Autopista Unidad Funcional Numero 63 del 4 Piso Torre 2 de la localidad de Tápiales, Partido de la Matanza N.C: Circ. VIII; Sec. Rural; Parc. 1261e Poligono 04-04. Según constatación obrante en autos: el inmueble se encuentra en el Barrio Autopista Unidad Funcional Numero 63 identificado con la letra A del 4 Piso Torre 2 de la localidad de Tápiales, Partido de la Matanza N.C: Circ. VIII; Sec. Rural; Parc. 1261e Poligono 04-04, la unidad se compone de living-comedor, pasillo de distribución en el cual se encuentran 3 dormitorios, baño, cocina, lavadero cubierto y balcón. El estado de uso y conservación es regular. El Inmueble se encuentra ocupado por Sr. Justo Jose Acuña DNI 17.489.546 quien manifestó hacerlo en calidad de inquilino conjuntamente con su mujer Ana Maria Veliz, su suegra, su sobrino y su nieto. Base: $ 60.000, SEÑA: 30%; COMISION: 3% mas IVA. Arancel Acordada. 10/99: 0.25 %. Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados, impuestos y otros –aún aquellos que pudieren estar a cargo de la parte vendedora- que tengan directa vinculación con las transferencias de dominio a realizarse oportunamente a favor del adquirente en pública subasta, incluyendo entre otros, a las diligencias tendientes a la inscripción de la cesión de derechos a subastar, al levantamiento de medidas cautelares o cancelación de hipotecas, estarán a cargo exclusivamente del comprador. Respecto de las deudas por impuestos tasas y contribuciones que pudieren corresponder, se distribuirán de la siguiente forma: las anteriores al decreto de falencia, deberán ocurrir por la vía y forma...

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