CASTELBAJAC Susana Leonor s/ Quiebra

Fecha de la disposición21 de Noviembre de 2013

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 25

EDICTO: El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comercial Nº 25 a cargo del Dr. Horacio Francisco Robledo, Secretaría Nº 49 a cargo de la Dra. Sonia Santiso, con sede en Avda. Callao 635 Piso 4º Comercial Capital Federal, comunica por dos días que en los autos caratulados “CASTELBAJAC SUSANA LEONOR s/QUIEBRA” Expte. Nº 033142, que el martillero Ricardo Héctor Nolé rematará al contado y mejor postor, el día 29 de noviembre de 2013 a las 11:15 hs. (en punto) en el Salón de Ventas de la Dirección de Subastas Judiciales sita en la calle Jean Jaurés 545 de esta Capital Federal, los derechos y acciones hereditarios de la fallida en la sucesión de su padre Cipriano Benito Castelbajac respecto del porcentaje indiviso que le corresponde (25%) del inmueble sito en Barrio Autopista Unidad Funcional Numero 63 del 4 Piso Torre 2 de la localidad de Tápiales, Partido de La Matanza N.C: Circ. VIII; Sec. Rural; Parc. 1261e; Polígono 04-04. Según constatación obrante en autos: el inmueble se encuentra en el Barrio Autopista Unidad Funcional Número 63 identificado con la letra A del 4 Piso Torre 2 de la localidad de Tapiales, Partido de La Matanza N.C: Circ. VIII; Sec. Rural; Parc. 1261e; Polígono 04-04, la unidad se compone de living-comedor, pasillo de distribución en el cual se encuentran 3 dormitorios, baño, cocina, lavadero cubierto y balcón. El estado de uso y conservación es regular. El Inmueble se encuentra ocupado por Sr. Justo José Acuña DNI 17.489.546 quien manifestó hacerlo en calidad de inquilino conjuntamente con su mujer Ana María Véliz, su suegra, su sobrino y su nieto. Base: $ 45.000, SEÑA: 30%; COMISION: 3% más IVA. Arancel Acordada 10/99: 0.25%. Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados, impuestos y otros –aún aquellos que pudieren estar a cargo de la parte vendedora- que tengan directa vinculación con las transferencias de dominio a realizarse oportunamente a favor del adquirente en pública subasta, incluyendo entre otros, a las diligencias tendientes a la inscripción de la cesión de derechos a subastar, al levantamiento de medidas cautelares o cancelación de hipotecas, estarán a cargo exclusivamente del comprador. Respecto de las deudas por impuestos tasas y contribuciones que pudieren corresponder, se distribuirán de la siguiente forma: las anteriores al decreto de falencia, deberán ocurrir por la vía y...

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