Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 23 de Febrero de 2005, expediente Ac 94071

PresidenteNegri-Roncoroni-Hitters-Genoud-Pettigiani
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2005
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 94.071 "C., H.R. c/Empresa de Transportes Línea 216 S.A.T. y otro. Daños y perjuicios. R.. de queja".

//Plata, 23 de febrero de 2005.

AUTOS Y VISTO:

El recurso de queja previsto en el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial sólo procede contra las resoluciones denegatorias o declaración de deserción de los recursos extraordinarios previstos por los arts. 278, 296 y 299 del Código citado.

En el caso, de las constancias acompañadas no surge la existencia de denegatoria en los términos señalados sino que se impugna por esta vía la decisión de la Cámara que rechazó la revocatoria articulada contra la intimación a cumplir con el depósito previsto por el art. 280 del Código procesal citado (conf. doct. causas Ac. 75.127, 15-VI-1999; Ac. 89.495, 17-XII-2003).

En atención a lo aquí decidido no...

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