Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 21 de Septiembre de 2017, expediente FLP 057027/2016/CA002

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA la ciudad de La Plata a los 21 días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete, reunidos en Acuerdo los señores Jueces de esta Sala Tercera de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, el expediente FLP 57027/2016/CA1, S.I.: “CASTAGNARO, M.Á. c/ PAMI y otro s/Amparo Ley 16.986”, procedente del Juzgado Federal n° 2, Secretaría Civil n° 5, de esta ciudad. Practicado el pertinente sorteo el orden de votación resultó el siguiente: A.P., C.A.N. y C.A.V..

El juez P. dijo:

I.A..

  1. M.Á.C. promovió acción de amparo contra el INSSJP-PAMI a fin de que se le provea en forma urgente la medicación que le fuera prescripta (CAPECITABINA, comprimidos 500 miligramos x 120 laboratorio Xitabin) para el tratamiento del cáncer que padece y que le fue diagnosticado en el mes de octubre de 2016.

    Señaló que pese a ello, la obra social -de la que es afiliado bajo el nro. 010093613409- rechazó el pedido de la cobertura de la medicación en cuestión, lo que pone en riesgo su calidad de vida y provoca el grave deterioro de su salud. También, puso de manifiesto que su haber previsional no le permite asumir el costo que aquella demanda.

    Finalmente, solicitó una medida cautelar en iguales términos que el objeto de la pretensión, la que fuera concedida por el a quo a fs. 19/22 y confirmada por esta alzada a fs. 68/70vta.

  2. Tras la presentación del informe circunstanciado previsto por el artículo 8 de la ley Fecha de firma: 21/09/2017 Firmado por: ANTONIO PACILIO, Juez de Cámara Firmado por: C.A.N., Juez de Cámara Firmado por: C.A.V., juez de cámara Firmado por: M.S.L., SECRETARIO #29267975#188869985#20170921125009041 16.986 (fs. 52/56vta.), los autos quedaron en estado de resolver.

    1. La sentencia recurrida.

      El señor juez de grado hizo lugar a la acción de amparo, condenando a la demandada “a prestar cobertura para la obtención de la medicación denominada Capecitabina, comprimidos 500 miligramos x 120 …”, dando carácter definitivo a la medida cautelar decretada en autos. A su vez, impuso las costas del proceso a la demandada y difirió la regulación de los honorarios profesionales (fs. 72/76vta.).

    2. Los agravios.

      Contra esa decisión interpuso recurso de apelación el INSSJP-PAMI a fs. 77/78. Se agravia por cuanto el juzgador –a su decir- no tuvo en consideración que la medicación requerida por el amparista no está

      aprobada por la ANMAT en el estadio de su diagnóstico.

      Además, cuestiona la forma en que impuso las costas apartándose de lo normado en el art. 14 de la ley 16.986 y de la regulación de los honorarios que efectuó por entenderlos elevados.

    3. Consideración de...

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