Sentencia de Sala A, 8 de Abril de 2016, expediente FRO 062000497/2010/CA001

Fecha de Resolución 8 de Abril de 2016
EmisorSala A

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 8 de abril de 2016.

Visto, en Acuerdo de la Sala “A”, el expediente nº FRO 62000497 caratulado “CASPANI, C.A. c/ Banco Bank Boston N.A. y/u otro s/ Emergencia económica” (originario del Juzgado Federal nro. 2 de la ciudad de Santa fe) del que resulta, Contra la sentencia nro. 45 del 12/08/2013 (fs. 122/124) la actora interpuso recurso de apelación (fs.

128), que fue concedido en modo libre (fs. 130). Elevados los autos a esta alzada, se abrió la instancia para que el apelante expresara agravios (art. 259 CPCCN)(fs. 136).

Y Considerando que:

Ha transcurrido en exceso el plazo previsto por el art. 310, inc. 2° del CPCCN, y dado que la última actuación impulsoria del procedimiento data del 04/12/2013 (ver fs. 136), sin que el recurrente haya instado el recurso.

No estando el proceso pendiente de alguna resolución o actividad del tribunal, corresponde declarar de oficio la caducidad de la segunda instancia, (art. 316 del código ritual).

En su mérito, S E R E S U E L V E:

  1. - Declarar la caducidad de la segunda instancia. 2.-

Insértese, hágase saber, comuníquese en la forma dispuesta Fecha de firma: 08/04/2016 Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por...

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