Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA V, 22 de Mayo de 2015, expediente CNT 069713/2013/CA001

Fecha de Resolución22 de Mayo de 2015
EmisorSALA V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO.38325 SALA VI Expte Nº CNT 69713/2013/CA1 (JUZG. NRO. 32)

Autos: “CASEY TORRES ANDREA C/TOTAL TIM ARGENTINA S.A.

S/DESPIDO”

Buenos Aires, 22 de Mayo de 2015.

VISTO:

La demandada apela la regulación de honorarios del perito contador, por considerarlos elevados (fs.505 vta.)

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados al perito contador, lucen equitativos, por lo que corresponde su confirmación (art. 38 Ley 18.345).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar la regulación de honorarios del perito contador.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

Conste que la vocalía 1 se encuentra vacante (art. 109 RJN).

R., notifíquese y vuelvan.

Fecha de firma: 22/05/2015...

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