Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 8 de Febrero de 2022, expediente CNT 042246/2010/CA002 - CA001

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

- SALA VII

42.246/2010

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 51632

CAUSA Nº 42.246/2010 -SALA VII- JUZGADO Nº 20

AUTOS: “C.L.G. FALLECIDO

(SRA. T.G. LUCERO REPRESENTANTE DEL MENOR) Y

OTRO C. SABORES BETTINA S.R.L. Y OTROS S.

DESPIDO”.

Buenos Aires, 8 de febrero de 2022.

VISTO:

El desistimiento de la acción y del derecho respecto de los codemandados C.G.G. y SABORES

BETTINA S.R.L., el acuerdo conciliatorio y la ratificación personal –

agregada digitalmente- arribado por la Sra. T.G.LADYS

LUCERO, representante de la menor M.N.C.

con la codemandada B.G.D. y la conformidad de la DEFENSORA PÚBLICA COADYUVANTE PARA

ACTUAR ANTE LOS TRIBUNALES DE SEGUNDA INSTANCIA EN LO

CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO.

CONSIDERANDO:

  1. Que las condiciones pactadas son razonables y no significan ni tácita ni expresa renuncia de derechos amparados por normas de orden público (cfr. art. 15 L.C.T. y 69 ley 18.345).

  2. Que, corresponde homologar el desistimiento de la acción y del derecho con relación al reclamo contra los codemandados C.G.G. y SABORES BETTINA S.R.L. las razones invocadas y lo solicitado respecto de las costas y atento el silencio guardado por la codemandada SABORES BETTINA S.R.L., al traslado conferido y notificado, corresponde imponer por su orden las costas en relación al desistimiento (art. 68 párrafo del C.P.C.C.N.).

  3. Que, asimismo, cabe tener presente la forma y plazo de la suma acordada, el reconocimiento formulado por BETTINA

    GABRIELA DOMENECH en relación a los honorarios de la representación letrada del actor, y el resto de las costas generadas a su respecto, a excepción de las correspondientes al desistimiento de la acción y del derecho respecto de los coaccionados CLAUDIO

    GUILLERMO GRANIERI y SABORES BETTINA S.R.L. y practicar nueva regulación de honorarios a la experta contable MARIA EUGENIA

    Fecha de firma: 08/02/2022

    Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.B.Q., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: P.S.R., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

    - SALA VII

    42.246/2010

    SILVESTRI, teniendo en cuenta la calidad, mérito y extensión de las tareas desplegadas, conforme arts. 38 L.O. y ley 24432, en la suma de $18.000 (Pesos Dieciocho mil); así como lo convenido en caso de incumplimiento y todo lo demás manifestado.

  4. Que la totalidad de los coaccionados solicitan se los exima del pago de la Tasa de...

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