Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 11 de Marzo de 2020, expediente CNT 053970/2016/CA001

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

SALA I

SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 94503 CAUSA NRO. 53970/2016

AUTOS: “C.D.H.C.M.S. y otro S/ Accidente – Acción Civil”

JUZGADO NRO. 20 SALA I

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de MARZO

de 2.020, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

La D.M.C.H. dijo:

  1. Contra la sentencia de fs. 232/233, apela la parte actora a tenor del memorial de agravios de fs. 234/236, con oportuna réplica de su contraria a fs. 230/240.

  2. Quien me precedió en el juzgamiento rechazó la demanda instaurada por el Sr.

    D.H.C. contra M.S. y ART Interacción S.A.

  3. El actor se queja por la valoración que la sentenciante otorgó al peritaje médico.

    En primer término, cabe resaltar que las demandadas manifestaron que la afección que dice padecer el actor no guardaba relación con las tareas desempeñadas (v. fs. 48

    vta. y fs. 92). Por ello, era carga del accionante acreditar tal extremo (art. 377 CPCCN).

    Al respecto, corresponde examinar el informe de la perito médica y sus aclaraciones -v.

    fs. 198/210, y 217-, en las que informó que el Sr. C. no padece incapacidad alguna relacionada con el accidente sobre cuya base se reclamó en autos. La galeno manifestó,

    respecto a la afección en la columna lumbar y la hernia de disco, que el accionante presenta anterolistesis (deslizamiento hacia delante de una vértebra sobre otra), espondilosis, osteofitos marginales, cambios degenerativos en los discos grado II, disco L3-L4 con degeneración moderadas protrusiones, L2-L3 con protrusión y desgarro completo de anillo; L5-S1

    pseudoprotrusiones con listesis y estrechamiento foraminal bilateral. Agregó que “se puede suponer que en esa columna patológica, la aparición de una hernia puede estar influida por el esfuerzo que realizaba, pero en este caso la columna es degenerativa y el trabajo de esfuerzo es menor a tres años, y el peso llevado sería tan importante para provocar una hernia en una columna con protrusiones en todos los discos lumbares” (v. fs. 206). Refirió que presenta una marcha normal; flexión de la columna conservada; que le es dificultoso caminar en puntas de pie con el miembro inferior izquierdo; y que no puede rotar para el lado izquierdo porque le produce dolor.

    Fecha de firma: 11/03/2020

    Firmado por: M.V.M.C., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: G.A.V., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: M.C.H., JUEZA DE CAMARA

    En cuanto a la afección en el hombro derecho, de la resonancia magnética practicada el 13/03/18 -por orden de la perito médica a fs. 185- se concluyó que el Sr. C. presenta “tendinopatía degenerativa leve del supraespinoso” (v. sobre acollarado por cuerda, anexo nº

    8442).

    En relación a la faz psíquica, la experta -basándose en el estudio psicodiagnóstico-

    señaló que el actor padece una reacción vivencial anormal neurótica de grado II, que no guarda relación con las tareas desarrolladas para la empleadora.

  4. Destaco, en cuanto al valor de los dictámenes periciales en nuestro sistema, que estos últimos no revisten el carácter de prueba legal y que están sujetos a la valoración de los jueces con arreglo a las pautas del art. 477 CPCCN, esto es: en consideración a la...

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