Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 9 de Abril de 2019, expediente CNT 052648/2014/CA001

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 52648/2014 - CASCO, M.J. c/ PROVINCIA ART S.A.

s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 09 de abril de 2019.

VISTO:

La revocatoria “in extremis” planteada por la parte actora a fs. 221/222 y vta. contra la sentencia definitiva de este Tribunal obrante a fs. 218/219, y; CONSIDERANDO:

I- Que, ante todo, cabe observar que el recurso intentado –de creación pretoriana- constituye un “remedio heroico, de interpretación estricta y subsidiaria” (Conf. P., J.W., “Ajustes, correcciones y actualización de la doctrina de la reposición in extremis”, La Ley, 1997-E, pág. 1164 a 1168), orientado a subsanar una injusticia flagrante o grosera, fundada en un error material ostensible que no tenga remedio a través de los recursos procesales contemplados en la ley de procedimientos (conf. esta S., in re: “M.B. c/International Health Services Argentina S.A. s/despido” S.

  1. 24106-2 del 27 de septiembre de 2018, Expte. CNT 47744/2011/CA1”.

II- Que, desde tal perspectiva, no se evidencia en el sub lite la existencia de un error de tipo esencial ni de omisiones que justifiquen la apertura de una vía excepcional como la pretendida, máxime cuando es posible concluir que lo que el recurrente intenta es invalidar el pronunciamiento dictado por esta Sala por considerar inadecuado el tratamiento que se le dio a lo resuelto sobre la imposición de las costas aquí

originadas en virtud del recurso de apelación interpuesto por su parte a fs. 187/189.

III- Que, en consecuencia, por más amplias que se reputen las facultades instructorias o saneatorias conferidas a los magistrados, ni aun forzadamente éstos se encuentran habilitados a recurrir a soluciones “pretorianas” como la intentada por la parte actora, Fecha de firma: 09/04/2019 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX #24139510#231477339#20190409092829209...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR