Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 29 de Septiembre de 2016, expediente CNT 034717/2011/CA001

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA DEFINITIVA Nº 69017 SALA VI Expediente Nro.: CNT 34717/2011 (Juzg. Nº 3)

AUTOS: “CASCO CESAR GASTON C/ L.G.A. TEC S.A. Y OTRO S/

ACCIDENTE – ACCION CIVIL”

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2016 En la Ciudad de Buenos Aires reunidos los integrantes de la Sala VI a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia en estas actuaciones, practicando el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

LA DRA. G.L.C. DIJO:

Contra la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda recurre la parte actora, a tenor del memorial obrante a fs. 332/335 vta., mereciendo la réplica de fs. 408/411 vta.

A su vez la parte actora, a fs. 337/337 vta., apela por altos los honorarios regulados en favor de las representaciones letradas de las demandadas. Asimismo, a fs.

337 vta. y a fs. 339, la representación letrada de la parte actora y la perito contadora, respectivamente y ambas por su propio derecho, recurren sus emolumentos, por considerarlos reducidos.

Fecha de firma: 29/09/2016 Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA #20305910#163382185#20160930082218129 El Señor Juez “a quo”, en el marco de una acción por accidente de trabajo, fundada en el derecho civil, rechazó la pretensión del actor, por considerar que no fue acreditada en la causa, ni la relación de causalidad entre la intervención de la cosa y el daño de que se queja el damnificado, ni la calidad de dueño o guardián que investía el demandado. En tal sentido señaló que ninguna prueba produjo el accionante para demostrar que con fecha 18/8/10 mientras cumplía tareas en la obra en construcción de la calle Junin, frente al Cementerio de la Recoleta, y al encomendarle la empresa que se ocupara de levantar un aparejo, sufrió un dolor intenso en la región lumbar. Tampoco demostró los esfuerzos que le implicaban el montaje de la escalera y el manejo del aparejo que menciona, ni que el aparejo perteneciera a la demandada. Por último señaló que, el accionante, tampoco produjo prueba alguna tendiente a acreditar que tipo de obligaciones incumplidas por la ART demandada, actuaron causalmente en la producción del daño. En tal sentido, decidió rechazar la demanda, por resultar la acción improcedente con sustento en los artículos 1113, 1109 y 1074 del...

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