Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B, 18 de Octubre de 2021, expediente FRO 012087001/2010/CA003

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO-SALA B

Civ/Int Visto, en Acuerdo de la Sala “B” integrada, el expediente FRO

12087001/2020, caratulado “CARTAZZO, J.J. c/ ESTADO NACIONAL-

ANSESp0 s/ ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD”

(Originario del Juzgado Federal Nro. 1 de la ciudad de Rosario).

Mediante resolución dictada el 9 de abril de 2021 (fs. 184/185) se regularon honorarios a la Dra. P.C.F., en relación a las actuaciones realizadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley 27.423, en la suma de pesos ocho mil ($8.000) y respecto de las realizadas con posterioridad, en pesos once mil quinientos ochenta y seis ($11.586), equivalentes a 3 UMA.

Contra dicho pronunciamiento apeló la demandada por considerarlos elevados. Manifestó que se trata de una ya estandarizada y automatizada acción de ejecución de sentencia, sin fundado debate y con acotado margen probatorio. Citó los arts. 15, 16 y 19 de la Ley 27.423 y consideró que la regulación es desproporcionada y carente de razonabilidad a la vez que netamente perjudicial para las arcas públicas de su mandante (fs. 186/187).

Recibidos los autos en este tribunal, quedaron en estado de dictar este pronunciamiento.

Y CONSIDERANDO:

La regulación de honorarios recurrida se hizo aplicando ambas leyes arancelarias, lo que es correcto en este caso.

En relación a ello, se señala que en fecha 22/12/2017 se publicó

en el Boletín Oficial la Ley 27.423 y que la resolución recurrida fue dictada con posterioridad a su entrada en vigencia.

Ahora bien, atento al criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos “Establecimiento Las Marías S.A.C.I.F.A. c/

Provincia de Misiones s/Acción Declarativa” (Fallo del 04/09/2018) y toda vez que la actuación profesional fue desarrollada en parte durante la vigencia de la ley 21.839 (ver cargo de la presentación de la demanda a fs. 15 de fecha 29/09/2010)

y hasta actuaciones de fs. 129 vta. y 131 y hasta su conclusión, durante la Fecha de firma: 18/10/2021

Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.V., Juez de Cámara Firmado por: ANIBAL PINEDA, Juez de Camara Firmado por: A.G., SECRETARIA DE CAMARA

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vigencia de la ley 27.423, la regulación comprenderá ambas normativas arancelarias.

En relación a la porción del proceso que se llevó a cabo durante la vigencia de la ley 21.839 (art. 39), a fin de verificar la regulación apelada, se toma en cuenta como monto del juicio (cf...

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