Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 29 de Junio de 2022, expediente COM 012837/2006/CA001

Fecha de Resolución29 de Junio de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala B

PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B

12837/2006 - CARTASUR CARDS S.A. c/ SAAVEDRA DIEGO

FERNANDO s/EJECUTIVO

Juzgado N°24 - Secretaría N°47

Buenos Aires, 29 de junio de 2022.

Y VISTOS:

  1. Toda vez que el presente proceso se desarrolló bajo la vigencia de la ley 21.839, los honorarios se revisarán de acuerdo a las pautas arancelarias dispuestas en dicha legislación (conf. esta Sala in re: “Forcam S.A. c/ Shimasho S.A. y otro s/ ejecutivo” del 26.03.2019; in re:

    Asociación Educacionista Arg. c/ D`Ippolito L.A. y otro s/

    ejecutivo

    del 21.10.2019; in re: “G.S. c/ G.V.J. s/

    ejecutivo” del 14.08.2020; in re: “T.P.A. c/ L.G.L.

    s/ ejecutivo” del 04.12.2020; entre otros, por aplicación del fallo de la CSJN

    in re: “Establecimiento Las Marías S.A. c/ Misiones Provincia de s/ acción declarativa” del 04.09.2018).

  2. Por ello, en atención a la índole y extensión de los trabajos efectuados se elevan a tres mil pesos ($ 3.000) los estipendios de la letrada apoderada de la actora, Dra. P.V.L.P. (arts. 6, 7, 9, 19, 33,

    37 y 40 de la ley 21.839).

  3. N. por Secretaría del Tribunal, conforme Ac. 31/11

    y 38/13 CSJN.

  4. Cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Ac. 15/13 CSJN y Fecha de firma: 29/06/2022

    Alta en sistema: 30/06/2022

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    ...

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