Sentencia nº AyS 1994 III, 123 - LLBA 1994, 785 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 26 de Julio de 1994, expediente L 52862

PonenteJuez SALAS (SD)
PresidenteSalas - Vivanco - Negri - Pisano - Laborde
Fecha de Resolución26 de Julio de 1994
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

En la ciudad de La Plata, a 26 de julio de 1994, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Salas, V., N., P., L., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 52.862, "Carruthers, A.E. y ots. contra Condux—Ica—Icamex—U.T.E. Fondo desempleo, etc.".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo n° 2 de Bahía Blanca hizo lugar parcialmente a la demanda deducida, con costas a la parte demandada por los rubros que prosperan y a la actora por los que fueron desestimados.

Esta última dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorS. dijo:

  1. En lo que interesa señalar a los fines del recurso deducido el tribunal del trabajo rechazó la demanda interpuesta por A.E.C., en cuanto pretendía el cobro de diferencias salariales, fondo de desempleo sobre las mismas e indemnización del art. 19 de la ley 22.250; la de N. e hijos Q. en cuanto reclamaba el cobro de las indemnizaciones establecidas por los arts. 18 y 19 de la ley 22.250 y la de J.V.G. en cuanto la petición de haberes por accidente, gastos de hospedaje e indemnización de los arts. 18 y 19 de la ley 22.250.

  2. La parte actora dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en el que denuncia absurdo, infracción de doctrina legal y de los arts. 13, 14, 17, l8, 19 y 30 de la ley 22.250; 208, 209, 210, 211 , 212 y 213 de la ley de Contrato de Trabajo; 1 y 8 de la ley 9688 modificada por la ley 23.643; 39 y 44 del dec. ley 7718/71 (40 y 45 t.o. dec. 4444/93); 375 del Código Procesal Civil y Comercial; l4 bis, 17 y l 8 de la Constitución nacional; de la ley l9.587 y de la Resolución D.N.R.T. 361/88.

  3. El recurso, en mi opinión, debe prosperar parcialmente.

    1. En lo que atañe al reclamo de C., el tribunal de origen desestimó la acción respecto a las diferencias salariales reclamadas, fondo de desempleo sobre las mismas e indemnización del art. 19 de la ley 22 950 toda vez que consideró no suministradas las bases, períodos y montos para que opere la inversión probatoria consagrada por el art. 40 del dec...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR