Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 27 de Septiembre de 2017, expediente FMZ 033816/2014/CA001

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 33816/2014/CA1 Mendoza, 27 de Setiembre de 2017.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Los presentes autos Nº FMZ 33816/2014/CA1, caratulados “CARROZO, A.M. c/ MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL s/ APELACION MULTAS”, de cuyo estudio resulta que el empleador recurre ante el Juez de Primera Instancia la resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que dispone el rechazo por extemporáneo de la Impugnación Administrativa nº 1-226-172094-2014, presentada por C.A.M.C. 20-24091736-0 el día 30/07/2014 a las 12.30 hs..

  2. A fs. 101/102, el aquo resuelve rechazando in limine el recurso interpuesto por considerar competente la Cámara Federal de la Seguridad Social; es contra dicha resolución del Juez de primera instancia de San Juan que el actor recurre ante esta Alzada a fs. 105.

  3. Al exponer sus agravios expresa que el aquo se declaró

    incompetente sin analizar el fondo del asunto, no obstante afirma la competencia del Juzgado ante el que recurrió. Sostiene que el aquo yerra cuando considera que no se está impugnando una resolución definitiva.

    Reitera que su recurso es contra la notificación de la sanción la que resultó

    nula, lo que derivó en que se tuviera por extemporáneo el recurso contra la sanción de multa impuesta (v. fs. 116/119).

  4. Entrando en consideración del tema traído a conocimiento, me pronuncio por confirmar la resolución de primera instancia por los motivos que a continuación expongo.

    Que, el actor en su carácter de empleador fue condenado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, al pago de una multa de pesos quinientos cincuenta y un mil cuatrocientos cuatro con 80/100 ($ 551.404,80), por encontrarse incurso en la infracción a la ley 11.683, artículo agregado sin número a continuación del artículo 40, la que se encuentra entre las infracciones que la Resolución General de la AFIP nº

    Fecha de firma: 27/09/2017 Alta en sistema: 05/10/2017 Firmado por: R.N. -R.A.F., Jueces Subrogantes de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: G.L.T., Secretaria de Cámara #24333882#189031035#20170921101851825 1566, artículo 19 inciso a) atribuye respecto de cada trabajador detectado en infracción.

    El actor aduce que la notificación de la multa nunca llegó a su conocimiento siendo nula, por los motivos que expone. Sostiene que la falta de notificación provocó que el recurso contra la sanción resulte...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR