CARRIZO, JORGE CESAR c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Número de expedienteCNT 070005/2016/CA001
Fecha25 Abril 2022
Número de registro68445675

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II

SENTENCIA DEFINITIVA

EXPEDIENTE NRO.: 70005/2016

AUTOS: CARRIZO, J.C. c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY

ESPECIAL

VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la Ciudad de Buenos Aires, luego de deliberar, a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, los integrantes de la Sala II, practicado el sorteo pertinente, en la fecha de firma indicada al pie de la presente proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

El Dr. J.A.S. dijo:

Contra la sentencia de primera instancia, que hizo lugar a la acción deducida, se alzan las partes actora y demandada, a tenor de los memoriales recursivos presentados oportunamente, con réplica del accionante al incoado por la accionada.

La demandada se queja porque, a su juicio, se omitió considerar la falta de prueba respecto del nexo de causalidad entre el infortunio denunciado y las dolencias padecidas por el actor. Asimismo, apela los honorarios regulados en favor de la representación letrada del actor y del perito médico interviniente,

que reputa elevados.

El demandante critica el monto de condena en relación al apartamiento del informe pericial y el porcentaje de incapacidad psicológica establecido.

En esta causa, el actor denunció que prestaba servicios como auxiliar operativo y guardabarreras, para Administración de Recursos Humanos Ferroviarios SACPEM. Afirmó que el 29/3/16 se encontraba desenganchando la locomotora de los vagones con todo el peso de su cuerpo sobre la mano derecha, cuando se le resbaló y le provocó un fuerte dolor en el hombro del brazo derecho; que, como resultado de ello, se le diagnosticó un severo desgarro de hombro derecho, por lo que fue infiltrado en la zona, le suministraron analgésicos, le indicaron reposo y que continuara con la rehabilitación kinesiológica, tras lo cual le otorgaron el alta médica. Afirmó que padece dolores e inflamación, pérdida de fuerza, movilidad y flexibilidad, lo que le impide realizar sus tareas habituales y lo incapacita en un 17% de la to.

Luego del pertinente análisis de los recursos interpuestos, de los fundamentos contenidos en la sentencia apelada, como también de la Fecha de firma: 25/04/2022

Alta en sistema: 26/04/2022

Firmado por: A.E.G.V., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: J.S.R., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: J.A.S., JUEZ DE CAMARA

prueba producida, concluyo que corresponde confirmar la sentencia apelada. Ello así, en razón de las consideraciones que paso a...

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