Carrazzone fue procesado con prisión preventiva por el homicidio de su esposa

El abogado Rubén Carrazzone fue procesado con prisión preventiva por el femicidio de su mujer, Stella Maris Sequeira, desaparecida en diciembre de 2016 en la localidad bonaerense de Ezeiza, y por haber realizado una falsa denuncia de secuestro con el fin de desviar la pesquisa, informaron fuentes judiciales.

La resolución, a la que Télam tuvo acceso, fue dictada por el juez federal 1 de Lomas de Zamora, Alberto Santa Marina, quien además embargó al procesado en $1.000.000 y ordenó al Servicio Penitenciario Federal que lo traslade mañana a tribunales para notificarlo de su situación.

Para el juez, Carrazone, de 63 años, cometió el homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haber mediado violencia de género de Sequeira, de 58, y efectuó una falsa denuncia para simular el secuestro de la víctima.

Sequeira desapareció el 29 de diciembre de 2016 de su casa de la localidad de El Ombú, partido de Ezeiza, donde convivía con el abogado, quien recién denunció el hecho el 31 de ese mes y, un día después, aseguró haber recibido un llamado extorsivo en el que le exigían US$80.000 para liberarla.

Pero a criterio de la fiscalía que investigó el hecho, de la querella y ahora del propio juez ese secuestro extorsivo no existió.

Por ese supuesto secuestro estuvo detenido Miguel Ángel Franco, quien había sido cliente de Carrazzone y que fue acusado de colaborar en las llamadas extorsivas, aunque finalmente fue sobreseído.

Si bien Carrazzone siempre negó hechos de violencia contra su mujer, para el juez existen elementos suficientes para acreditar en esta instancia que el penalista y Sequeira mantenían una relación conflictiva de pareja y que él la golpeaba.

Los testimonios recabados, indica el escrito judicial, permiten sostener que "existían en la fase íntima de la pareja Carrazone-Sequeira conflictos que iban más allá de las simples discusiones, incluyendo episodios de violencia del primero hacia la víctima".

"Pero la sospecha no deberá agotarse tan solo en la violencia física pretérita que hubiera sufrido la víctima -según el fallo- (...) debe tenerse en cuenta que no se ha logrado incorporar al legajo un solo indicador que permita suponer que Sequeira podría haber querido abandonar todo su entorno sin dejar rastro".

"Es irrazonable suponer en este sentido, que cualquier persona (y en especial de las características de la víctima...

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