Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 11 de Junio de 2019, expediente COM 004564/2019/CA001

Fecha de Resolución11 de Junio de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – S.F.C., A.O.c., J.N. Y OTROS s/EJECUTIVO EXPEDIENTE N° COM 4564/2019 Buenos Aires, 11 de junio de 2019.

Y Vistos:

  1. Apeló el actor la resolución obrante a fs.30 que mantuvo lo decidido a fs.33 mediante la cual el Sr. Juez de Grado se declaró

    incompetente para entender en estas actuaciones.

    Los agravios se tienen por formulados con la presentación de fs.31/32 y la Sra. Fiscal ante esta Cámara se expidió a fs.38/39.

  2. La cuestión traída a consideración es determinar si, a las presentes, pueden serle aplicadas las previsiones establecidas por la Ley 26.361 -modificatoria de la Ley 24.240-.

    La Ley de Defensa del Consumidor en su art. 1, en su parte pertinente, establece: "La presente ley tiene por objeto la defensa del consumidor o usuario, entendiéndose por tal a toda persona física o jurídica OFICIAL USO que adquiere o utiliza bienes o servicios en forma gratuita u onerosa como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social...".

    En el caso, júzgase que las constancias obrantes en la causa impiden considerar aplicable a la cuestión la Ley de Defensa del Consumidor, por lo cual la declaración de incompetencia efectuada por el Sr. Magistrado de Grado resultó, al menos, prematura.

    Obsérvese que la presente ejecución ha sido iniciada por una persona física –C., A.O.- contra los Sres. J.N.C., A.C. y G.G.C., donde no se ha acreditado siquiera en forma indiciaria que el vínculo entre los litigantes constituya una Fecha de firma: 11/06/2019 Alta en sistema: 13/06/2019 Firmado por: A.N.T., PRESIDENTA DE LA SALA F Firmado por: R.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.S., PROSECRETARIA DE CAMARA #33230640#235296906#20190606155802317 Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – S. F relación de consumo en los términos del art. 3 de la ley 24.240 y 1092 del Código Civil y Comercial.

    En consecuencia, y si bien esta S. no ha entendido dudosa la aplicación de la Ley de Defensa de Consumidor en aquellos supuestos en que debe presumirse en favor del consumidor o usuario una relación de consumo, lo cierto es que el supuesto de marras no puede analogarse a aquellos casos...

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