Sentencia interlocutoria nº 4850/06 de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 23 de Agosto de 2006

Fecha de Resolución23 de Agosto de 2006
EmisorTribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

E.. n° 4850/06 "M., M. delC. s/ queja por retardo, privación o denegación de justicia" en "M., M. del C. y otros c/GCBA s/

Amparo".

Buenos Aires, 23 de agosto de 2006.

Visto: el expediente citado en el epígrafe, resulta:

  1. A fs. 11/15 se presenta por derecho propio la abogada M. delC.M. a fin de promover -en los términos del art. 113, inciso 4°, CCBA- una queja por "privación, denegación o retardo injustificado de justicia", contra el titular del Juzgado Contravencional n° 2 de la Ciudad de Buenos Aires, Dr. C.B. "por su actuación en el marco del proceso de autos 'M., M. delC. y otros c/GCBA s/amparo' Nº 10132/00".

  2. Expresa que -junto a otros vecinos de la Ciudad- promovió el amparo mencionado contra el Gobierno local, por la omisión del ejercicio del poder de policía en relación a nuevas obras y comercios existentes en el predio de las facultades de Agronomía y Ciencias Veterinarias de la Universidad de Buenos Aires.

    Agrega -en lo que aquí interesa- que la sentencia de segunda instancia de fecha 26/2/02 hizo parcialmente lugar a la demanda (fs. 11, vta. punto c), y que la resolución quedó firme, "habiéndose devuelto el expediente al juzgado actuante para proseguir con la etapa de ejecución de sentencia"

    (fs. 12, punto c, in fine)

    Señala que "durante el transcurso del proceso, en diversas oportunidades denunci[ó] la existencia de hechos que violaban lo resuelto en la sentencia" y los detalla (fs. 12/12 vta, punto d), e indica que interpone la queja por "actos y omisiones" realizados por el Juez Contravencional n° 2 en el marco del expediente citado supra, que a la fecha han impedido la ejecución de la sentencia aludida (fs. 13 vta., punto II, a)

    Añade que la conducta del magistrado afecta "el derecho al medio ambiente sano y a la salud en función de los cuales planteamos con los vecinos oportunamente la acción de amparo" (fs. 13 vta/ 14, punto b), y sostiene que "en la etapa procesal del expediente objeto de la presente

    (ejecución) ... no existen recursos procesales previstos ..." (fs. 14, punto c). Finalmente dice que presentó sendas denuncias en el Consejo de la Magistratura de la Ciudad -y acompaña copia de lo resuelto- y una denuncia ante el Juzgado Criminal y Correccional n° 12, sec. 77, contra el Gobierno de la Ciudad (fs. 14 vta., punto c)

    Fundamentos:

    El juez L.F.L. dijo:

  3. La peticionaria enumera distintas situaciones en las que habría denunciado la existencia de hechos que a su entender violaban lo resuelto en la sentencia del...

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