Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 28 de Marzo de 2017, expediente CNT 017659/2012/CA001 - CA002

Fecha de Resolución28 de Marzo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 17659/2012 - CARDOZO, PAULO GASTON c/ SERVIPROD S.R.L.

Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL Buenos Aires, 28 de marzo de 2017.

VISTOS:

Vuelven las presentes actuaciones a esta alzada en razón del recurso de apelación deducido por la codemandada SWISS MEDICAL A.R.T. S.A. a fs. 596/597 contra la declaración de inconstitucionalidad del art.

8º de la ley 24.432, decisión que a su vez determinó la aprobación de la liquidación presentada por la parte actora sin el prorrateo exigido por dicha norma (v. fs.

590/592).

La réplica de la contraria luce a fs. 625/627.

A su turno, la codemandada Serviprod S.R.L., la representación letrada de la parte actora y la codemandada Swiss Medical A.R.T S.A. cuestionan, respectivamente, el sentido de imposición de costas de la resolución obrante a fs. 590/592 (en el primer caso)

y la regulación de honorarios practicada a fs. 630, por exigua y excesiva (en los restantes).

Requerida la opinión al Sr. Fiscal General ante esta E.. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, se expidió la Sra. Fiscal General Adjunta a tenor del dictamen precedente.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el cuestionamiento en la etapa de ejecución contra la resolución que admitió el planteo de inconstitucionalidad deducido contra lo dispuesto en el art. 8º de la ley 24.432 excede el principio de inapelabilidad del art. 109 de la L.O. y autoriza su tratamiento en los términos del art. 105 inc. “h” de la ley citada.

  2. Que del cotejo de las constancias obrantes en autos se desprende que en la etapa prevista por el art.

    132 L.O. la parte actora practicó liquidación (ver fs.

    566/vta.), que la Sra. Juez a quo corrió traslado de la Fecha de firma: 28/03/2017 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX #20652082#174962797#20170328155025901 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX presentación e intimó de pago para el supuesto caso que no mediara impugnación (ver fs. 568), que la codemandada Swiss Medical A.R.T. S.A. objetó dicha liquidación y practicó una nueva de conformidad con el prorrateo previsto por el art. 8 de la ley 24.432, cuyas sumas fueron depositadas y dadas en pago por la citada aseguradora de acuerdo a su proporción de condena en costas (v. fs. 574/vta. y fs. 583/584), que luego la parte actora planteó la inconstitucionalidad del art. 8º de la ley 24.432 (v. fs. 579/581) y que como corolario la Dra. D.A. dictó la resolución aquí cuestionada (v. fs. 590/592).

  3. Que el Alto Tribunal ha sostenido con relación al art. 8º de la ley 24.432 que “… en diversas materias el legislador ha puesto de manifiesto su decisión de disminuir el costo de los procesos judiciales, con el objetivo de...

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