Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 25 de Febrero de 2019, expediente CNT 008592/2013/CA001

Fecha de Resolución25 de Febrero de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 45771 SALA VI Expte Nº CNT 8592/2013 (JUZG. NRO. 63)

Autos: “C.M.A. C/IBERO ASISTENCIA S.A.

S/DESPIDO“

Buenos Aires, 25 de febrero de 2019 VISTOS:

La perito contadora apela la regulación de sus honorarios por estimarlos reducidos (fs. 274).

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados a la perito contadora, lucen reducidos, por lo que corresponde su elevación a la suma de $14.000 (PESOS CATORCE MIL) (art. 38 Ley 18.345 y leyes arancelarias de aplicación).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Elevar la regulación de honorarios de la perito contadora a la suma de $14.000 (PESOS CATORCE MIL).

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

R., notifíquese y vuelvan.

G.L.C. JUEZ DE CAMARA Fecha de firma: 25/02/2019 Alta en sistema: 26/02/2019 Firmado por...

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