Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 8 de Febrero de 2021, expediente CCF 006772/2020/CA001
Fecha de Resolución | 8 de Febrero de 2021 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL
FEDERAL – SALA II
Causa n° 6772/2020
CARBALLO, E.X. c/ DOSUBA s/AMPARO DE SALUD
Buenos Aires, de febrero de 2021. ER
AUTOS Y VISTOS: para resolver sobre el recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la resolución dictada el 18 de noviembre de 2020; y CONSIDERANDO:
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Que la señora juez admitió la petición cautelar formulada por la actora, ordenando a la Dirección de Obra Social de la Universidad de Buenos Aires (D.O.S.U.B.A.) otorgarle cobertura para la intervención quirúrgica que le ha sido prescripta y para el correspondiente material, según lo indicado por el profesional interviniente en el instrumento fechado el 15 de octubre de 2020,
acompañado con el escrito inicial del proceso.
La demandada apeló esa decisión cuestionando el carácter innovativo de la medida y los fundamentos invocados para decretarla, por considerarlos genéricos. Señaló igualmente particularidades del caso que, a su juicio, no habían sido ponderadas debidamente por la magistrada y se refirió al régimen normativo aplicable a la entidad, invocando la gravedad de la situación que –según afirmó– genera la resolución recurrida.
Posteriormente, el 23 de diciembre de 2020, la actora hizo una presentación invocando el carácter abstracto del planteo de su adversaria por haberse cumplido la orden judicial, acompañando en esa ocasión una copia del parte quirúrgico correspondiente a su intervención.
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Ante el fundamento invocado por la accionante se debe admitir su petición de declarar abstracta la cuestión relativa al recurso contra la medida precautoria.
Es sabido que, al momento de resolver las cuestiones sometidas a su conocimiento, los jueces deben considerar las circunstancias existentes. Así
lo establece el artículo 163, inciso 6°, del Código Procesal; y si bien esa norma Fecha de firma: 08/02/2021
Alta en sistema: 09/02/2021
Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA
se encuentra prevista para las sentencias definitivas, no existen razones que justifiquen limitarla exclusivamente a esos supuestos, pues resulta apropiado que en cualquier otra clase de resolución judicial sean tenidos en cuenta los...
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