Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 27 de Marzo de 2019, expediente COM 045884/2004/CA002 - CA001

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C CARBALLO ALBERTO Y OTROS c/ GUADAGNINI HECTOR HORACIO s/EJECUTIVO Expediente N° 45884/2004/CA1 Juzgado N° 3 Secretaría N° 6 Buenos Aires, 27 de marzo de 2019.

Y VISTOS:

  1. A fs. 469, esta S. dispuso que el señor juez de primera instancia resolviera el pedido de levantamiento de embargo deducido por E.S. y A.H.G. –hijos del demandado- a fs. 324.

    Vuelto el expediente al juzgado interviniente, el magistrado a quo denegó dicho pedido mediante resolución de fs. 489/90, que viene apelada.

    El memorial obra a fs. 495/7 y fue contestado a fs. 501/2 y fs. 504.

  2. A juicio de la S., el recurso es admisible.

    Los apelantes pidieron la aplicación del art. 1170 CCyC sobre la base del acuerdo alcanzado en la audiencia llevada a cabo el 19.7.2006 en el proceso de alimentos caratulado “M., A.N.c., H.H. s/almentos” (expte. nro. 48160/05, que se tiene a la vista).

    Destacaron los peticionantes que estaban dadas las condiciones para el levantamiento del embargo trabado en estas actuaciones, considerando cumplidas la buena fe, la fecha cierta y la cancelación del precio, en tanto poseían el inmueble como casa-habitación a la fecha del acuerdo mencionado, con el cual, añadieron, quedó saldada hasta dicha fecha la deuda por alimentos.

    Las constancias de la causa y sus expedientes anexos permiten tener por cierto que el día l9.7.2006, en el marco del juicio de alimentos habido entre el aquí demandado –señor G.- y quien fuera su cónyuge –actuando ésta en representación de sus hijos menores S.E. y A.H.-, el aquí

    Fecha de firma: 27/03/2019 Alta en sistema: 29/03/2019 Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA HECTOR HORACIO s/EJECUTIVO Expediente N°

    CARBALLO ALBERTO Y OTROS c/ GUADAGNINI 45884/2004 #22544649#230425223#20190327104637906 demandado entregó en propiedad el inmueble embargado en autos a sus recién mencionados hijos.

    No se ignora que, a la fecha de ese acuerdo, pesaba sobre el inmueble el embargo aquí trabado, que, tras haber caducado, volvió a ser trabado en dos oportunidades, la última el 2.3.15 (v. fs. 479 y vta.).

    Ese devenir de las cosas plantea, a juicio de la S., un escenario diverso de aquel que fue apreciado por el señor juez de primera instancia.

    La diferencia radica en un dato sustancial, cual es que, al haber caducado el embargo original, no es posible sostener que el conflicto planteado entre los aquí apelantes –en su carácter de beneficiarios de...

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