Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 31 de Mayo de 2017, expediente CSS 098034/2012/CA001

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 CAUSA Nº98034/2012 Sentencia Definitiva En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los , reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos C.R. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS, se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR L.R.H. DIJO ANSES apela la sentencia. Centra su agravio en la determinación del haber inicial, especialmente en cuanto se aplica sin el límite temporal la Resolución 140/95, la movilidad, conforme BADARO y la declaración de inconstitucionalidad del artículo 24 de la ley 24.241.

Conforme constancias de autos, el actor es titular de un beneficio, con arreglo a la ley 24.241, con fecha de adquisición el 14.03.2007 El juez de grado analiza el reajuste de servicios autónomos, por lo que el agravio respecto del haber inicial no se corresponde con el decisorio En atenciòn a la fecha de adquisición del beneficio es improcedente la aplicación del caso B. asi como la declaración de inconstitucionalidad del artículo 7 inc. 2 de la ley 24.463, por lo que se revoca la sentencia en este punto.

En cuanto a la inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241, el actor no acredita haber superado el tiempo máximo de servicios con aportes (35 años) anteriores a julio de 1994 que establece la norma como límite máximo para efectuar el cálculo de la Prestación Compensatoria. En virtud de ello, no resulta aplicable lo resuelto por el Alto Tribunal en los autos “B.I.A. c/ Anses s/ reajustes varios” sentencia del 21 de agosto de 2013.

Por ello voto por revocar la sentencia de acuerdo a lo señalado.

Por lo expuesto, propicio: Revocar parcialmente la sentencia de grado. Revocar la declaración de inconstitucionalidad del artículo 7 inc. 2 de la ley 24.263 y aplicación del caso B.. Revocar la declaración de inconstitucionalidad del artículo 24 de la ley 24.241.

Confirmar la sentencia en lo demás que decide. Imponer las costas de Alzada por su orden (art. 21 Ley 24.463).

LA DOCTORA N.C. DORADO DIJO A. al voto que antecede.

A mérito de lo que resulta del precedente acuerdo, el Tribunal

RESUELVE:

Revocar parcialmente la sentencia de grado. Revocar la declaración de inconstitucionalidad del artículo 7 inc. 2 de la ley 24.263 y aplicación del caso B.. Revocar la...

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