Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 16 de Mayo de 2018, expediente CNT 042295/2015/CA001

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 42295/2015 - CARABAJAL, M.R. c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 16 de mayo de 2018.

VISTO:

El desistimiento de la acción y del derecho formulado por el actor a fs. 120.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que, previo a todo, cabe recordar que el desistimiento es una forma de abdicación o abandono de un derecho o de una acción, que solo puede ejercer el titular jurídico de los mismos, en el último de los supuestos mencionados se trata de una institución de naturaleza procesal que no afecta –al menos “prima facie”- al derecho sustancial que subyace en el proceso del cual se pretende abdicar. Mientras que el primero equivale a la renuncia de los derechos creditorios y constituye una de las formas de extinción de las obligaciones que, como consecuencia de ello, fenece y pierde toda virtualidad jurídica, resultando imposible su reclamo posterior.

    Que, por otra parte, tal como sostuvo este tribunal con anterioridad, el desistimiento del derecho implica una abdicación del derecho material que el actor ha invocado como fundamento de su pretensión inicial, siendo entonces el efecto jurídico la existencia de cosa juzgada material de modo tal que, en lo sucesivo se vería privado de la posibilidad de iniciar una acción por idéntico objeto y causa (“D.R.R. c/ A.N.B. y otros s/

    Despido”, Expte. N.. 26.986/05, S.. Int. N.. 12193 del Registro de esta S.I. y de fecha 29/12/10).

  2. Que, en el caso concreto de autos, teniendo en cuenta las razones expresadas a fs. 120 la naturaleza de la acción interpuesta y la denuncia de existencia de otra causa, no advirtiéndose violación a Fecha de firma: 16/05/2018 Alta en sistema: 21/05/2018 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX #27179529#206402432#20180516095132624 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE...

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