Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 14 de Julio de 2010, expediente 37.342/07
Fecha de Resolución | 14 de Julio de 2010 |
Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario SENT.DEF.Nº: 17663 EXPTE. Nº: 37.342/ 07 (24.913)
JUZGADO Nº: 71 SALA X
AUTOS: “CAR JUAN CARLOS C/ TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. S/
DIFERENCIAS DE SALARIOS”
Buenos Aires, 14/07/2010
El Dr. DANIEL E. STORTINI dijo:
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) La sentencia de primera instancia hizo lugar a las diferencias salariales reclamadas y contra dicho pronunciamiento apela la demandada a tenor del memorial obrante a fs. 340/347, cuyos agravios fueron replicados por su contrario a fs. 353/364. Asimismo el perito contador cuestiona los honorarios que le fueron regulados por estimarlos exiguos (fs. 338) en tanto que la demandada critica por altos los asignados al perito y a la representación letrada del actor (fs. 347 1.6).
En autos el actor reclama el pago de las diferencias salariales derivadas del reencuadramiento convencional decidido unilateralmente por la empleadora a partir del mes de enero de 2005.
Dicha pretensión fue admitida por la magistrada anterior. Y para así
decidir consideró acreditado a través de la prueba testifical que la labor llevada a cabo por el actor cuadraba con la categoría VI del CCT 257/97 (que era precisamente la que ostentaba con anterioridad a la modificación) y que, por lo tanto, la empleadora al registrarlo con la categoría 4 del convenio colectivo 547/03 “E”, incurrió en un ejercicio ilegítimo del ius variandi.
A fin de provocar la revisión de lo resuelto en la instancia anterior, la apelante aduce que la magistrada tomó en consideración las declaraciones de testigos que ni siquiera compartieron tareas con el actor durante el período discutido en autos,
ni mucho tiempo antes por lo que –a su entender- nunca pudieron acreditar que las tareas prestadas por Car a partir de su reencuadramiento coincidan con categoría de convenio alguno porque simplemente no compartieron tareas con él.
No asiste razón a la apelante porque si bien es cierto que de las declaraciones vertidas por S., D., M. y L. se desprende que ellos no trabajaron con el actor con posterioridad a su recategorización (la que aconteció en el mes de enero de 2005), lo cierto es que en el propio escrito de responde la demandada expresamente dijo que “… por las tareas que el actor se encontraba realizando y que actualmente sigue realizando … se encontraba encuadrado equivocadamente dentro del CCT 257/97, puesto que le correspondía el …CCT
547/03 E…” lo cual evidencia que siempre (es decir, antes y después del nuevo encuadramiento...
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