Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 26 de Diciembre de 2018, expediente FSM 060625/2016/CA001

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II Causa FSM 60625/2016/CA1 – Orden n° 14.593 CAPUTO, G.R. Y OTRO c/ ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS (OSDE) s/ LEYES ESPECIALES (diabetes, cáncer, fertilidad).

Juz.Fed.San M. 1 – S.. N° 3.

S.M., 21 de diciembre de 2018.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia de Fs. 152/156v., en la que el Sr. juez “a quo” hizo lugar a la acción promovida y ordenó a la Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) que cubriera el costo total del tratamiento de fertilización asistida con técnica ICSI, en la cantidad y frecuencia previstas por la ley, ante Fertilab SA, en tanto fuera prescripto por los médicos especialistas que los atienden.

    Para así decidir, tuvo por acreditado que el accionante padecía azoopermia y ambos eran portadores de la mutación delta F508, por lo que se les había prescripto el tratamiento de alta complejidad ICSI.

    Asimismo, resaltó que los actores manifestaron que “requ[erimos] que se haga la cobertura del tratamiento de Fertilización Asistida con la técnica ICSI, dejándose claro que no se pide la cobertura por el tratamiento PGD”.

    Concluyó que ante las afecciones padecidas por los amparistas, no había dudas que se ventilaba una cuestión relativa al derecho a la salud (reproductiva), materia en la que le correspondía actuar a la demandada para la provisión de los tratamientos requeridos por el Fecha de firma: 26/12/2018 Firmado por: M.S.Z., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA #28981923#224960419#20181226121030575 afiliado que las peticiona, dando así, una respuesta rápida y eficaz.

  2. Se agravió la recurrente entendiendo que la sentencia resultaba arbitraria por no encontrarse debidamente fundada y ser contraria a los principios éticos y morales. Puso de resalto que el hecho controvertido se basaba en la procedencia o no del estudio genético preimplantacional (PGD) y que magistrado de grado soslayó

    sus fundamentos para mantener la negativa a la cobertura reclamada, aún cuando los accionantes renunciaron a dicha técnica.

    Asimismo, resaltó que el motivo de la negativa se debió a que se encontraban en juego reparos éticos y morales que hacían al estatus jurídico del embrión.

    Agregó que no resultaba suficiente que los actores afirmaran que ellos mismos solventarían el tratamiento de PGD, dado que dicho estudio era parte accesoria de un tratamiento principal que pretendían fuera cubierto por OSDE.

    Por ello, consideró que haberla condenado a otorgar el tratamiento ICSI implicó convalidar un estudio que contrariaba reparos éticos y morales.

    Finalmente, hizo reserva del caso federal.

  3. Ante todo, cabe señalar que no es obligación examinar todos y cada uno de los argumentos propuestos a consideración de la Alzada, sino sólo aquéllos Fecha de firma: 26/12/2018 Firmado por: M.S.Z., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE...

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