Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 14 de Junio de 2016

Fecha de Resolución14 de Junio de 2016
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita317/16
Número de SAIJ16090180
Número de CUIJ21 - 510477 - 4

CAPRIO, R.E. c/ FILARDO, C.A. Y OTRA -JUICIO ORDINARIO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 317/16 Nº Saij: 16090180 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 269 Pág. de inicio: 154 Pág. de fin: 157 Fecha del fallo: 14/06/2016 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.R.H.F.M.A.G.R.F.G.E.G.S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > INADMISIBILIDAD Tesauro > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > CONTRATO DE MUTUO Tesauro > PRUEBA Tesauro > PAGARE Tesauro > PRUEBA TESTIMONIAL > VALORACION CONSTITUCIONAL - CIVIL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. INADMISIBILIDAD. SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA. CONTRATO DE MUTUO. PRUEBA. PAGARE. PRUEBA TESTIMONIAL. VALORACION El presente recurso no puede prosperar pues si bien el impugnante plantea la arbitrariedad de lo resuelto -invocando en esencia que el pagaré firmado por los mutuarios es suficiente para probar el contrato de mutuo-, no logra demostrar que la Cámara incurra en vicios de absurdo probatorio y normativo cuando afirma que el título en cuestión no reúne el carácter de instrumento privado por no contar con la firma de ambas partes, sino que tan sólo refleja la manifestación de voluntad del mutuario; y que aún considerando la cambial como principio de prueba por escrito, de la literalidad del documento surge una compraventa de moneda extranjera y no un mutuo, ya que dimana del mismo que los suscriptores se obligaron a devolver dólares estadounidenses pero recibieron dinero en efectivo, careciendo de credibilidad las testimoniales rendidas en autos, por ser las declarantes abogadas integrantes del mismo estudio jurídico del actor. - REFERENCIAS NORMATIVAS: Código Civil, artículos 1012 y subsiguientes y 1192.

Texto del fallo Reg.: A y S t 269 p 154/157.

Santa Fe, 14 de junio del año 2.016.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el actor contra la sentencia 155 de fecha 31 de julio de 2015, dictada por la Sala Primera -integrada- de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de esta ciudad en autos "CAPRIO, R.E. contra FILARDO, C.A. Y OTRA -JUICIO ORDINARIO- (EXPTE. 114/13)" (E.. C.S.J. CUIJ N°: 21-00510477-4); y, CONSIDERANDO:

  1. Por acuerdo 155 del 31.07.2015, el Tribunal -en lo que aquí interesa- admitió parcialmente el recurso de apelación, confirmando lo resuelto en baja instancia respecto al rechazo de la tacha de testigos formulada por el demandado incidentista y...

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