Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 31 de Agosto de 2017, expediente COM 004218/2017/CA001

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAPORALE, R.K.R. c/ SATEX S.A.F. Y OTROS s/MEDIDA PRECAUTORIA Expediente N° 4218/2017/CA1 Juzgado N° 29 Secretaría N° 57 Buenos Aires, 31 de agosto de 2017.

Y VISTOS:

I.V. apelada por la parte actora, R.K.R.C., que actúa en representación de su hijo menor, y por la Defensora Pública de Menores e Incapaces a cargo de la Defensoría N°5, la resolución de fs. 190/192 en cuanto rechazó la pretensión cautelar consistente en la intervención judicial de la sociedad Satex SA.

El memorial de la actora obra a fs. 203/211 a cuyos fundamentos adhirió la Defensora de Menores ante esta Cámara a fs. 218.

Para así decidir, la Sra. Juez a quo observó que no se encontraba USO OFICIAL acreditada la verosimilitud en el derecho invocado toda vez que el pedido se sustentaba en la versión unilateral de los hechos proporcionados por la demandante, que carecía de apoyo documental; ni el peligro en la demora en tanto sustentado en simples conjeturas.

Además observó que las desinteligencias habidas entre las partes, vinculadas al desconocimiento de la calidad de accionista de la parte actora y, por ende, a la negativa a brindarle información relativa a la sociedad, no permiten per se autorizar la intervención judicial del ente.

En tales condiciones, concluyó que la medida pretendida, en tanto importaba una intromisión en el ámbito interno de la sociedad, debía ser interpretada con carácter restrictivo.

Sostuvo que la conducta que se reprocha a la administradora de la sucesión como lo atinente a las maniobras fraudulentas denunciadas sobre el acervo hereditario debían ser canalizadas ante el juez que entiende en el juicio Fecha de firma: 31/08/2017 Alta en sistema: 17/10/2017 universal.

Firmado por: VILLANUEVA - MACHIN (JUECES) - TRUEBA (PROSECRETARIO DE CÁMARA), Firmado(ante mi) por: M.R.T., PROSECRETARIO DESATEX S.A.F. Y OTROS s/MEDIDA PRECAUTORIA Expediente N° 4218/2017 CAPORALE, R.K.R. c/ CÁMARA #29572980#186937334#20170831151330500 Y, finalmente, observó que la existencia de un menor cuyos derechos pudieran verse afectados no permite soslayar el cumplimiento de los recaudos necesarios para que proceda la medida solicitada.

  1. Denuncia la recurrente que S.S. -sociedad holding, accionista de Industria Textil Argentina SA (INTA), Tango Jet SA y Larag SA-

    fue controlada por el progenitor del menor, G.D., que tenía el 99%

    de su capital social.

    Explicó que esa participación accionaria habría sido denunciada como integrante del acervo hereditario y que fue designada una administradora provisional, hija del causante, para representar los derechos de la sucesión en el ámbito societario.

    Describió el conflicto existente entre los herederos y justificó la necesidad de poder acceder a la información social y contable para resguardar los intereses del menor.

    Con tal objeto, acreditó haber reclamado infructuosamente la exhibición de documentación a la sindicatura de la sociedad demandada, obteniendo, por parte de una apoderada del ente, el desconocimiento de la calidad de heredero y de accionista invocada y el rechazo de la solicitud.

    Y detalló los actos que la sociedad pretende llevar a cabo en beneficio de los demás herederos de G.D. (v.gr. pago de alquileres del inmueble que éste habitaba a una sociedad controlada por una extranjera, a la vez controlada por los hijos mayores del causante; el reclamo de dinero -o pedido de aportes- a la sucesión destinados al pago de diversos gastos injustificados).

  2. Este Tribunal tuvo oportunidad de considerar los demás hechos denunciados por el accionante en ocasión de pronunciarse en relación a la pretensión cautelar dirigida contra otras sociedades -Vereinigte Textilwerke Aktiengesellschaft, Dribel SA y Almont SA- en las que el padre del menor demandante también tenía una participación social mayoritaria.

    Y, en lo que aquí interesa, en esa causa caratulada “C.R.K.R. c/VEREINIGTET.A. y otros s/medida precautoria” (expediente N° 4217/2017), el Tribunal examinó la Fecha de firma: 31/08/2017 procedencia de las medidas precautorias solicitadas ponderando, como ocurre en Alta en sistema: 17/10/2017 Firmado por: VILLANUEVA - MACHIN (JUECES) - TRUEBA (PROSECRETARIO DE CÁMARA), Firmado(ante mi) por: M.R.T., PROSECRETARIO DE CÁMARA #29572980#186937334#20170831151330500 Poder Judicial de la Nación este caso, que se encontraban comprometidos los intereses de un menor de edad, en el marco del conflicto que se presentaba con los herederos de su progenitor.

    En efecto: por tratarse de un menor deben aplicarse las normas protectorias de sus derechos que exigen una actuación incluso oficiosa por parte de...

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