Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 25 de Abril de 2018, expediente CNT 026649/2013/CA001

Fecha de Resolución25 de Abril de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 26649/2013/CA1 SENTENCIA DEFINITIVA.81639 AUTOS: “C.G.L.C./ BELLEZA SIMPLE S.A S/DESPIDO” (JUZGADO 59)

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, capital federal de la República Argentina, a los 25 días del mes de abril de 2018 se reúnen los señores jueces de la Sala V, para dictar la sentencia en esta causa, quienes se expiden en el orden de votación que fue sorteado oportunamente; EL DOCTOR E.N.A.G. dijo:

  1. Contra la sentencia de grado de fs. 263/266 que hizo lugar a la demanda, apela la demandada a fs. 268/270 y la parte actora a fs. 271/274. A su vez, la perito contadora a fs. 267 apela sus estipendios por considerarlos reducidos.

    Por un orden estrictamente metodológico procederé a tratar, en primer término, los agravios esgrimidos por la accionada.

    Se agravia la quejosa porque, a su entender, no han quedado acreditados en autos los pagos fuera de registro denunciados por la recurrente.- Sostiene que, los testimonios utilizados en origen para tener por acreditado tal extremo, no deben ser tenidos en cuenta ya que conocieron los hechos que enuncian por comentarios de terceros.-

    Ahora bien, para hacer lugar al reclamo por pagos “en negro”, la a quo utilizó los testimonios de Predazzi y Torres. La primera manifestó: “Que el sueldo de la actora, todas las encargadas ganábamos aproximadamente lo mismo, G. por comentarios que me hizo ella ganaba en ese momento seis mil seiscientos pesos, me acuerdo porque eran seiscientos pesos más de lo que yo ganaba, aun habiendo entrado ella después que yo. Que todos cobrábamos de la misma forma, un porcentaje que era tres mil y pico por cuenta sueldo del BANCO GALICIA, y la otra parte que era dos mil y pico en un sobre cerrado, en negro obviamente. Que este sobre lo traía una persona que tenían ellos para cuestiones de trámites, era cadete, hacía un poco de todo, y traía nuestros sueldos, que era Z., creo que se llamaba CALDAS apellido. Lo sé que ZOILAS llevaba sobres a la sucursal de la actora primero por comentarios entre la actora y yo y otras encargadas, y segundo porque en dos o tres oportunidades pasaba primero por el local de VIDT o sea de GEORGINA para entregar el sobre, y ZOILA me llamaba de ahí diciéndome “Voy para tu local”.” (ver fs. 119).

    En este contexto, en el análisis de la prueba testimonial, determinadas circunstancias comunes a las relaciones laborales, como el juicio pendiente o la relación de dependencia respecto del ex empleador, no pueden nunca ser presupuesto del análisis Fecha de firma: 25/04/2018 Alta en sistema...

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