Capacitación

AutorJorge J. Sappia, Rosalía A. Pécora
Páginas97-105
CAPÍTULO XI
CAPACITACIÓN
El artículo 11 de la Ley 27.555, referido a la capacitación
enseña que el empleador deberá garantizar la correcta capaci-
tación de sus dependientes en nuevas tecnologías, brindando
cursos y herramientas de apoyo, tanto en forma virtual como
presencial, que permitan una mejor adecuación de las partes a
esta modalidad laboral, sin que ello implique una mayor carga
de trabajo. Agrega que podrá realizarla en forma conjunta con
la entidad sindical representativa y el Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social de la Nación, una afirmación inne-
cesaria porque no hace falta indicar en una ley que se puedan
acordar acciones conjuntas con fines de capacitación.
SALVADOR enseña que este derecho está íntimamente ligado
al derecho a la igualdad de oportunidades y al acceso univer-
sal a servicios de conectividad previsto por la ley 27.078. Es-
tos son además, requisitos previos sin los cuales solo se agran-
da la brecha socio-económica entre ellos67.
El artículo en cuestión resulta un avance en la materia, en
cuanto otorga un lugar a la capacitación, pero lamentablemen-
te se ha planteado como un derecho dirigido a los teletrabaja-
dores, excluyendo a los presenciales de tales prerrogativas, in-
cluso en una misma empresa. Decimos que es un avance puesto
67 SALVADOR, Juan Eduardo, en GODOY LEMOS, Sebastián - SALAS, Ana María, Régi-
men legal del contrato de teletrabajO, ob. cit.,p. 156.

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