Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 16 de Octubre de 2019, expediente CIV 049573/2018/CA001

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C 49573/2018 CANTINI, J.A. c/ SEGOVIA, R.A. Y OTROS s/DESALOJO POR FALTA DE PAGO Buenos Aires, octubre de 2019.- MCK Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Ante la manifestación efectuada en torno a la entrega de llaves e inmueble objeto de autos, el Sr. Juez de grado mediante el pronunciamiento de fs. 22 dio por finalizado el proceso y otorgó a la actora la tenencia definitiva del bien, con costas al accionado en orden al principio objetivo de la derrota.

Contra dicho pronunciamiento en tanto impone las costas a los demandados, se alzan éstos a fs. 26, y presentan su memorial a fs. 28/30, cuyo traslado fue contestado a fs.

32.

Alegan los apelantes que en autos no se ha dictado sentencia y que el proceso culmina por desistimiento de la actora, quien había iniciado el proceso por falta de pago, y luego desiste ante la entrega del inmueble. Que el estado de la causa impide atribuir la calidad de vencida a cualquiera de las partes.

Por su parte, la actora manifiesta que se limitó a desistir de la medida cautelar prevista por el art. 684 bis, y no de la acción principal. Agrega que la conducta de Fecha de firma: 16/10/2019 Alta en sistema: 17/10/2019 Firmado por: O.L.D.S., Juez de Cámara Firmado por: J.M.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: PABLO TRIPOLI, JUEZ DE CAMARA #32314185#246349052#20191011114601032 Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C la contraria la obligó a iniciar la demanda de desalojo.

II) La cuestión a decidir se circunscribe a la imposición de las costas derivadas de la promoción del juicio. Y ello es así, en la medida que, como bien señala la sentenciante, el objeto del pleito -que era recuperar la tenencia del inmueble- se cumplió al hacerse la entrega de llaves y de la propiedad denunciada a fs. 21 pto. II.

En este sentido, se recuerda que las costas son los gastos que las partes se ven obligadas a efectuar como consecuencia directa de la sustanciación del proceso y, en principio, dentro de él (conf. Palacio, Lino “Derecho Procesal Civil”, T. III, p. 363).

Se ha sostenido que cuando existe un derecho en pugna y su titular requiere de un proceso judicial para que le sea reconocido el mismo, todo este iter que culmina con una resolución favorable a su interés jurídico no puede acarrearle costo aluno ya que de lo contrario se estaría menoscabando su derecho de propiedad (conf. L.M.C., “C.igo Procesal Civil y Comercial”, T. I, p.

554).

En razón de ello, el principio general consagrado por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR