Sentencia de Sala B, 2 de Diciembre de 2015, expediente FRO 063000153/2009/CA001

Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2015
EmisorSala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Prev/Int Rosario, 02 de diciembre de 2015.-

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente FRO 63000153/2009, caratulado “CANSIANI, JUAN CARLOS C/ ANSES S/

ORDINARIO” (Originario del Juzgado Federal Nro. 2 de la ciudad de Santa Fe).

Vienen los autos a la Alzada, a raíz del recurso de apelación interpuesto por la demandada (fs. 53) contra la sentencia nº 10/2013 (fs.

46/47 vta.).

Concedido el recurso libremente (fs. 54), se elevaron los autos a la Cámara Federal de la Seguridad Social (fs. 58/60), donde en virtud de lo dispuesto por la CSJN en autos “P., H.H. c/ Anses s/ Acción de amparo” y la Acordada nro. 14/2014, se dispuso la devolución de los autos al juzgado de origen (fs. 61)

Elevados finalmente a esta Alzada, por sorteo informático quedaron radicados en la Sala “B” (fs. 69), ordenándose el pase de los mismos al Acuerdo, con lo que la causa quedó en estado de ser resuelta (fs. 71).

Y Considerando:

H. concedido libremente el recurso de apelación interpuesto por la demandada, esta no se presentó a fundarlo, estando debidamente notificada de la obligación de constituir domicilio en esta Alzada (conforme constancia fs. 65), por lo que quedó notificada en Secretaría y vencido el término para expresar los agravios corresponde, por aplicación de la regla contenida en el art. 266 del C.Pr.C.C.N., declarar desierto el recurso de apelación oportunamente interpuesto.

Atento a lo...

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