Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 13 de Abril de 2018, expediente FSM 063005369/2013/CA001

Fecha de Resolución13 de Abril de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II Causa FSM 63005369/2013/CA1 “C., R.L. c/ ANSES s/ Reajustes Varios”

Juzgado Federal de Mercedes, Secretaría Civil 3 SALA II En San Martín, a los 13 días del mes de abril del año dos mil dieciocho, se reúnen los Señores Jueces de la Sala II de esta Cámara Federal, a fin de pronunciarse en los autos caratulados “CANGELOSI, R.L. c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS”. De conformidad con el orden de sorteo, El Dr. A.A.L. dijo:

  1. Llegan las presentes actuaciones a esta instancia en virtud de las apelaciones efectuadas por ambas partes.

    La actora, en lo esencial, se agravió por la falta de actualización de la PBU. Asimismo, se quejó por la confiscatoriedad que produce en sus haberes la aplicación de los topes establecidos en los artículos 9, 24, 25 y 26 de la ley 24.241 y por la tasa pasiva. Finalmente, solicitó

    la declaración de inconstitucionalidad del anexo de la ley 26.417 y objetó la aplicación de las costas por su orden.

    La demandada planteó, en lo sustancial, la nulidad de la sentencia. Por otro lado, sostuvo que el haber inicial fue fijado en la resolución acordatoria y, al estar firme y consentida, no puede ser objeto de una nueva determinación.

    Luego, se agravió respecto de la actualización del cálculo de la PC y la PAP en base al ISBIC y sin la limitación temporal establecida en la Res. de ANSES 140/95 y de la aplicación del precedente “B.” para el cálculo de la PC.

    Fecha de firma: 13/04/2018 Alta en sistema: 19/04/2018 Firmado por: M.S.Z., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.P.S. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA #16600132#203600823#20180413114921478 En cuanto a la movilidad, sostuvo que el pronunciamiento de grado le causa un gravamen irreparable toda vez que ordena determinarla de acuerdo a los criterios doctrinarios sustentados en los fallos “S.” y “B.”, así como la extensión de la doctrina establecida en “B.” y atacó lo resuelto en cuanto a la inconstitucionalidad del art. 7, inc. 2, de la ley 24.463.

  2. a) Los agravios interpuestos por las partes referidos a la actualización de la PBU, PC y PAP, movilidad y tasa de interés encuentran debida atención, respuesta y fundamentación en los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación “Quiroga”, “B.”, “Elliff”, “Spitale” y “C.” y en la sentencia de esta Cámara, Sala II: FSM 63004459/2011/CA1 “Ferzzola, J.H. c/ Anses s/ Reajustes Varios”, del 6/12/2017, a los...

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