Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 16 de Octubre de 2019, expediente CSS 093211/2016/CA001
Fecha de Resolución | 16 de Octubre de 2019 |
Emisor | Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
Expte nº: 93211/2016 CLD
Autos: “CANDURA CAYETANO JUAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”
Sentencia Definitiva del Expte. Nº 93211/2016
Buenos Aires,
AUTOS Y VISTOS:
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Llegan las presentes actuaciones a este Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos por la parte actora y por la parte demandada, contra la sentencia dictada por la Sra. Juez a cargo del Juzgado Federal de Seguridad Social N ° 3.
La parte demandada se agravia en tanto el juez a-quo aplica un inadecuado índice salarial y solicita la aplicación de los índices previstos en la ley 27260
(programa nacional de reparación histórica para jubilados y pensionados) y Res. 56/18.
Asimismo, cuestiona la aplicación del fallo “B.” y la declaración de inconstitucionalidad del art. 7 inc. 2 de la ley 24.463. También cuestiona lo resuelto en torno a actualización de la PBU. Finalmente se agravia de la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 24, 25 y 26
de la ley 24.241 y 9 de la ley 24.463, cómo así tambien lo resuelto respecto a la retención del impuesto a las ganancias.
Por su parte, la actora apela la regulación de los honorarios por considerarlos bajos. Asimismo, se agravia de lo decidido respecto a la excepción de prescripción y la tasa de interés aplicada. Finalmente, cuestiona lo resuelto en torno a la actualización de los haberes autónomos.
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Surge de las presentes actuaciones que la actora obtuvo el beneficio jubilatorio al amparo de la ley 24.241, fijando como fecha de adquisición del derecho el 28/11/2006, obteniendo la Prestación Básica Universal y la Prestación Compensatoria.
Habiendo realizado aportes en relación de dependencia y de manera autónoma.
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Ahora bien, a los efectos de determinar la remuneración promedio para el cálculo de la prestación compensatoria y de la prestación adicional por permanencia,
corresponde aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción –
personal no calificado- (Res. 140/95 conf. Res. SSS n° 413/94 concordante con Res. D.E.A
63/94), en las remuneraciones percibidas por el titular hasta la fecha de adquisción del beneficio (cfr. “Elliff, A. c/ Anses s/ Reajustes Varios”, sentencia del 11 de agosto de 2009, CSJN).
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En relación con la queja interpuesta por el Organismo Administrativo en torno a la aplicación del índice combinado dispuesto por la ley 27.260, el D.. 807/2016 y la Resolución ANSeS nº56/18, corresponde hacer el siguiente análisis.
La petición referida a la aplicación del decreto 807/2016 no puede prosperar, toda vez que el decreto en cuestión limitó los ajustes a las...
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