CAMPO DOS HERMANOS S.A.

Fecha de publicación03 Febrero 2020
SecciónSegunda Sección - Sociedades,CONSTITUCION SA
EmisorCAMPO DOS HERMANOS S.A.
Por Escritura Pública N° 83 del 29/01/2020, ante Di Lello Jorge Daniel, escribano titular del Registro Notarial N° 698 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se constituyó una Sociedad Anónima. 1) Accionistas: Alejandro Bengolea; Sofía Bengolea; 2) Denominación: Campo Dos Hermanos S.A. 3) Plazo: 99 años; 4) Sede Social: Martín Coronado 3260, piso 3, oficina 305, C.A.B.A.; 5) Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar, por cuenta propia, de terceros, ajena o asociada a terceros, sean personas físicas o jurídicas, en el territorio de la República Argentina o en el extranjero, las siguientes actividades: 1) Agropecuaria: dedicarse a la explotación, desarrollo y fomento de toda clase de negocios de ganadería, agricultura, cabañas, rurales, comerciales, industriales e inmobiliarios afines a la actividad agropecuaria; 2) Comerciales: mediante la compra y venta, la explotación, importación, exportación, distribución de mercaderías de cualquier clase y calidad, como así también otros elementos que mejoren la productividad, seguridad y comunicación de estas mercaderías, ya sea por cuenta propia o asociada a terceros, ejercer representaciones, comisiones, consignaciones y mandatos, conceder representaciones, comisiones, consignaciones, franquicias y mandatos a terceros, sobre productos de explotación propia o de terceros, explotarlos directamente o en asociación con terceros, o ceder su explotación a terceros bajo cualquier forma legal o comercial; 3) Industriales: mediante la transformación, manufactura, elaboración, industrialización, fraccionamiento de productos y subproductos; 4) Mineras: la exploración, adquisición y explotación de yacimientos minerales de todo tipo incluyendo canteras que se encuentren contemplados en el Código de Minería, venta de sus productos, subproductos y elaboración de los mismos, pudiendo a tal fin adquirir y enajenar minas y todo otro derecho minero, dentro y fuera del país; efectuar manifestaciones de descubrimiento minero, solicitar cateos, socavones o restauraciones, solicitar minas vacantes, expropiación de superficies, constitución de servidumbres y cualquier otro derecho establecido en el Código de Minería. Explotar minas, canteras y yacimientos de cualquier categoría, incluidos los hidrocarburos en estado sólido, líquido y gaseoso. Depósito de canto rodado, arenas, arcilla o similares, así como efectuar estudios de localizaciones o trabajos de cateo de los mismos o de extracción o purificación de sus productos. Asimismo, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR