Los cambios previstos en el anteproyecto reabrirán el debate en el Congreso sobre la eliminación de penas

La presentación de la reforma del Código Penal, el 21 de este mes, inaugurará un nuevo . El proyecto del Poder Ejecutivo, lejos de proponer la legalización de esta práctica hasta la semana 14 -iniciativa que fue rechazada en la madrugada de ayer por el Senado-, mantiene el aborto como un delito, pero plantea nuevas excepciones a la sanción, lo que atemperará la situación penal de la mujer gestante.El nuevo Código Penal, elaborado por una comisión de juristas encabezada por el juez Mariano Borinsky, se propuso conciliar en el texto el derecho a la vida y el derecho a la libre disponibilidad del cuerpo de la mujer y a su autonomía personal. Con ese objetivo, tal como anticipó LA NACION, introduce un cambio central respecto de la mujer que cause su propio aborto o consienta que otro se lo cause; en este caso, el anteproyecto prevé la posibilidad de que el juez exima de pena a la mujer.Concretamente, el artículo 88 del anteproyecto de reforma del Código Penal establece: "Se impondrá prisión de uno a tres años a la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer embarazada de causar su propio aborto no es punible"."El juez podrá disponer que la pena se deje en suspenso o eximirla de ella, teniendo en cuenta los motivos que impulsaron a la mujer a cometer el hecho, su actitud posterior, la naturaleza del hecho y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar pena privativa de la libertad".Por otro lado, se fija que cualquier mujer puede interrumpir su embarazo en caso de que este provenga de un abuso sexual. De esta manera, se recepta la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia sobre la materia en el fallo "F.A.L.".Se ratifica, además, la no punibilidad del aborto en los casos en los que se verifique riesgo para la vida o la salud tanto física como mental de la mujer, en consonancia con el estándar de salud definido por la Organización Mundial de la Salud.Específicamente, se establece que el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer embarazada no será punible si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud física o mental de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios, o si...

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