Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 15 de Diciembre de 2016, expediente FRO 011844/2015/CA001

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional 1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Civil/Def. Rosario, 15 de diciembre de 2016.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente nº FRO 11844/2015 caratulado “CAMBIASSO, O.E. y ot. c/ Estado Nacional –

Ministerio de Justicia y Seguridad y DDHH s/ Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad”, (del Juzgado Federal nro. 2 de la ciudad de Rosario).

Vienen los autos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada (fs. 50) contra la sentencia de fecha 4 de julio de 2016, que hizo lugar a la demanda promovida por O.E.C., R.O.D., C.T.E., R.E.N. y R.A.P. contra el Estado Nacional Argentino (Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos) y en consecuencia ordenó la incorporación en el haber de los actores, como remunerativo y bonificable, del adicional denominado “Responsabilidad por cargo o función”

contemplado por el decreto 2744/93 y que perciben bajo el rubro “297”, y el pago de las retroactividades desde que dicha suma es debida, sin perjuicio de lo que corresponda en materia de prescripción, en la forma y por los fundamentos expuestos en el considerando tercero del presente pronunciamiento. Con costas a la demandada vencida (art. 68, párrafo, del C.P.C.C.N.) (fs. 45/49).

Concedido el recurso (fs. 51), se elevaron los presentes a este Tribunal, donde se dispuso por sorteo informático la intervención de esta Sala “B” para entender en los presentes (fs. 58). El recurrente expresó sus agravios (fs. 59/64), los que fueron contestados por la actora (fs. 66/69). Decretados autos al Acuerdo, quedó la presente en estado de ser resuelta (fs. 70).

Y Considerando:

  1. ) Se agravió la demandada en primer lugar en cuanto se ordenó la incorporación en el haber de los accionantes de uno de los suplementos establecidos por el decreto 2744/93.

    Fecha de firma: 15/12/2016 Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.V., JUEZ DE CAMARA #27009984#168392461#20161215105018723 Expuso que el decreto 2744/93 modificado por su similar nro.

    1262/09 mantiene un solo suplemento particular, establece la forma de percepción, y en su artículo 6º faculta al J. de la Policía Federal Argentina previa intervención de la Comisión Técnica Asesora de Política salarial del sector público, a determinar y reglamentar dentro del organismo las condiciones específicas que fijen las circunstancias calificantes para su otorgamiento y ratifica su carácter “no remunerativo y no bonificable”.

    Agregó que el decreto 2744/93 especifica el ámbito de aplicación, el que se...

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