Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 2 de Septiembre de 2010, expediente 2694/2010

Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2010

Poder Judicial de la Nación Año del B.C. 2694/2010 -

I- “C.G. c/ Omint S.A. s/ amparo”.

Juzgado Nº: 6

Secretaría Nº: 11

Buenos Aires, 2 de septiembre de 2010.

Y VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto en subsidio y fundado por la actora a fs.

45/50 —cuyo traslado fue contestado a fs. 59/66— contra la resolución dictada a fs. 43/44, y CONSIDERANDO:

  1. El señor juez rechazó la medida cautelar impetrada por la actora a fin de que se ordene a Omint S.A. la cobertura del tratamiento de fertilización in vitro.

    Para así resolver, consideró que no se verifica en el caso verosimilitud del derecho, habida cuenta de la falta de previsión normativa de la cobertura del tratamiento requerido, ni peligro en la demora dada la ausencia de elementos que demuestren la necesidad imprescindible de iniciar el tratamiento en forma inmediata. P. también que lo solicitado coincide con el objeto de la acción de amparo.

  2. Contra esa decisión apela la parte actora. Argumenta que el derecho de su parte encuentra sustento en la Constitución Nacional, en los tratados internacionales que menciona y en la ley 25.673.

    Sostiene que el PMO constituye un estándar mínimo de protección y no una enumeración taxativa de prestaciones.

    Destaca que la endometriosis que padece genera quistes progresivamente que no permiten que se lleve a cabo el tratamiento requerido, sino que previamente debe realizarse una laparoscopia para extirparlos, lo que perjudica a los ovarios y, en consecuencia, dificulta la efectividad del procedimiento. Precisa que la técnica requerida no sólo ayudaría a superar su infertilidad sino que también significaría una involución de la endometriosis. En este sentido solicita, como medida para mejor proveer, un pedido de informe a la Sociedad Argentina de Endometriosis.

    Finalmente se agravia de que –a su entender– el señor juez haya vertido opinión sobre el fondo de la cuestión.

    La demandada arguye que lo solicitado implica una colisión de derechos entre los de los futuros progenitores y los de las personas por nacer. En este sentido, menciona el congelamiento de embriones o su destrucción una vez obtenido el resultado buscado.

    Invoca la falta de inclusión del tratamiento en el PMO y los términos del Reglamento de socios de Omint S.A. de Servicios que excluye expresamente la cobertura reclamada.

    Enfatiza que la medida cautelar coincide con el objeto del amparo lo que determina su improcedencia.

  3. En primer lugar, corresponde destacar que el Tribunal sólo se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR