Cambiando al ritmo de los tiempos

El 16 de marzo de 1984, el decreto 828 del Poder Ejecutivo Nacional reglamentó la Ley 23.052, que terminaba con la censura cinematográfica y creaba nuevas categorías para la calificación de las películas: de "Sin restricciones", "Prohibida para menores de 14 años" y "Prohibida para menores de 18 años" (y, bueno, prohibida para todos) se pasó a "Apta para todo público", "Sólo apta para mayores de 13 años", "Sólo apta para mayores de 18 años" y "SAM 18 de exhibición condicionada" (básicamente, para cine pornográfico). A menos de nueve meses de funcionamiento del nuevo sistema, se detectó un problema: había demasiadas películas que recibían la calificación de SAM 18, porque se saltaba de 13 a 18 años sin una calificación intermedia, que en ese momento se vio como una necesidad. Por eso, el 14 de diciembre de ese mismo año, mediante el decreto 3899, se agregaba una nueva calificación, con estos considerandos, entre otros: "es aconsejable introducir una categoría intermedia entre las películas aptas para mayores de 13 y las de 18 años, ya que durante esos cinco años transcurre un período vital del ser humano donde se producen constantes y graduables modificaciones físicas, psíquicas y espirituales que de sobra justifican la creación de la categoría «Solo apta para mayores de 16 años»".

Ahora, con el ejemplo dado en la nota principal de la reciente versión francesa de La Bella y la Bestia, se discute la posibilidad de una la calificación intermedia entre...

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