Sentencia de CAMARA FEDERAL, 21 de Diciembre de 2015, expediente FPA 041000015/2011

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 41000015/2011 raná, 21 de diciembre de 2015.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “CALVEIRA, H.E. CONTRA ESTADO NACIONAL SOBRE SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD (ORDINARIO)”, Expte. N° FPA 41000015/2011, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Concepción del Uruguay, y; CONSIDERANDO:

I- Que llegan estos autos a consideración de este Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos y fundados por la parte actora a fs. 113/114 vta. y por la demandada a fs. 117/118, contra la resolución de fs. 112 que regula los honorarios correspondientes a los Dres. C.A.B. y E.A.B. en la suma de PESOS NOVECIENTOS QUINCE ($915,00) para cada uno.

Los recursos se conceden a fs. 119 y quedan los presentes en estado de resolver a fs. 123 vta.

II-

  1. Que los letrados de la parte actora plantean que el monto regulado viola la ley de aranceles y que corresponde a menos del 4% de lo percibido por el actor.

    Refieren a la responsabilidad profesional del patrocinante y que no existe razón para apartarse de la ley 21839.

    En segundo lugar, postula que el monto regulado es confiscatorio y afecta su dignidad profesional.

    Finalmente, considera inaplicable al presente caso la jurisprudencia citada en el auto regulatorio.

    Hace reserva del caso federal.

  2. Que la parte demandada considera que se han Fecha de firma: 21/12/2015 Firmado por: D.E.A., Firmado por: C.G.G., #16546157#145280500#20151222115405525 regulado en forma excesiva los honorarios de la contraria, dado que no existe correspondencia entre el mérito y extensión de las tareas desarrolladas y la cuantía de sus emolumentos. Concluye solicitando la reducción de los honorarios recurridos.

    Hace reserva del caso federal.

    III- Que al abordar los recursos interpuestos se advierte que, si bien se ha regulado conforme las pautas arancelarias vigentes, la aplicación lisa y llana de tales pautas conduce a una notable desproporción con la labor efectivamente realizada por los letrados de la parte actora -particularmente atendiendo a la naturaleza, alcance y tiempo de las tareas desplegadas-.

    Consecuentemente, al observarse que los honorarios...

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