Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 16 de Marzo de 2017, expediente CAF 046534/2011/CA001

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación 46534/2011; CALORO NELLY EDITH Y OTROS c/ EN-M°

SEGURIDAD-PSA-DTO 836/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG En la Ciudad de Buenos Aires, a los 16 días del mes de marzo del año dos mil diecisiete, reunidos en Acuerdo los señores Jueces, para resolver los autos “C.N.E. y otros c/ EN-Mº Seguridad–PSA–Dto 836/08 s/

Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.” y planteado al efecto como tema a decidir si se ajusta a derecho la sentencia apelada, el Señor Juez de Cámara, doctor S.G.F. dice:

  1. Que a fs. 236/239 la Sra. Juez de primera instancia resolvió

    rechazar, con costas, la demanda formulada por los co-actores contra el Estado Nacional – Ministerio de Seguridad -Policía de Seguridad Aeroportuaria- con el fin de lograr se declare la nulidad del rencasillamiento efectuado sobre los primeros; se ordene a la demandada a que realice uno nuevo, respetando la antigüedad, ascensos y méritos obtenidos por los coactores; en consecuencia, se les abone en forma retroactiva las diferencias salariales correspondientes a la nueva jerarquía, con más actualizaciones; así como también, se declare la inconstitucionalidad de los arts. 302, 304, 305, 306, 307, 310, 311 y 314 del decreto 836/08.

  2. Que contra esa sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora a fs. 240, y expresó agravios a fs. 249/250, cuyo traslado no fue replicado por la demandada a fs. 252/259.

    En forma lacónica, la recurrente plantea que se ha violentado el plan de carrera que venían realizando los agentes, debido a que, según afirma, habrían sido reubicados en el escalón más bajo del nuevo escalafón, pese a tener en algunos casos hasta diez años de antigüedad y, asimismo, indica que fue violentado el principio de igualdad entre los agentes de la Fuerza ya que los coloca en idéntica situación de quienes recién ingresan, sin ninguna antigüedad.

    Subsidiariamente, solicita la revocación de la imposición de costas dispuesta en primera instancia, en atención a la complejidad de la cuestión debatida y teniendo en cuenta que los actores pudieron haberse considerado con derecho a reclamar, ya que la propia fuerza en la revisión del reencasillamiento reconoce errores en la realización del proceso, lo que Fecha de firma: 16/03/2017 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #10322728#173765233#20170316113953926 Poder Judicial de la Nación 46534/2011; CALORO NELLY EDITH Y OTROS c/ EN-M°

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